La Corte Suprema de Chile desestima el reclamo de Enjoy Santiago y mantiene las multas de la SCJ
El Tribunal dejó firme la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valparaíso que mantuvo las multas impuestas.
Chile.- La Corte Suprema de Chile declaró inadmisible el recurso de casación presentado por Casino de Juegos La Rinconada S.A., operador de Enjoy Santiago, y confirmó así la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valparaíso que había ratificado las multas aplicadas por la Superintendencia de Casinos de Juego (SCJ).
La decisión, emitida por la Tercera Sala del máximo tribunal el 1 de junio de 2026, pone fin al proceso judicial iniciado por la operadora para impugnar las sanciones impuestas por el organismo regulador.
Según recordó el medio especializado Actualidad Jurídica, el caso se originó a partir de una fiscalización de la SCJ que detectó la entrega de vouchers equivalentes a fichas de casino a cambio de cheques que eran cobrados con posterioridad. Según los antecedentes del expediente, estos beneficios eran ofrecidos por Enjoy Gestión Ltda., empresa vinculada al casino, a través de un programa de fidelización para clientes.
La autoridad concluyó que este mecanismo constituía una forma de otorgamiento de crédito a jugadores, práctica prohibida por la Ley de Casinos. Asimismo, consideró que la participación de una sociedad relacionada en dichas operaciones implicaba una infracción a las normas que regulan el permiso de operación de los casinos.
En su recurso, la empresa sostuvo que no había incurrido en las infracciones atribuidas y argumentó que la SCJ había modificado de manera injustificada un criterio que durante años había permitido el funcionamiento del sistema de vouchers. La operadora también invocó el principio de confianza legítima, señalando que actuó convencida de que sus prácticas se ajustaban a la normativa vigente.
Sin embargo, la Corte Suprema estimó que los argumentos presentados resultaban incompatibles entre sí. En el fallo, el tribunal señaló que, mientras por una parte la reclamante afirmaba no haber cometido infracción alguna, por otra sostenía que no debía ser sancionada debido a la confianza generada por la actuación previa de la administración.
Además, la Corte recordó que el principio de confianza legítima no puede convertir en lícitas conductas que sean contrarias al ordenamiento jurídico. En consecuencia, concluyó que el recurso adolecía de defectos de formulación que impedían su acogida y resolvió declararlo inadmisible.
Otros conflictos
El pasado mes de marzo, la Municipalidad de Rinconada presentó una denuncia formal ante la Contraloría Regional de Valparaíso en contra de la SCJ, la Tesorería General de la República y el Casino Enjoy Santiago. La acción fue interpuesta por el alcalde Juan Galdames Carmona, quien solicitó al órgano contralor medidas de fiscalización para restablecer el cumplimiento de la normativa vigente.
Cabe recordar que la venta del Casino de Rinconada se concretó en el marco del proceso de reorganización judicial de Casino Enjoy y fue autorizada por los organismos correspondientes, aunque su traspaso quedó sujeto a las condiciones impuestas por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) mientras se desarrolla el proceso judicial por supuesta colusión entre Enjoy, Dreams y Marina del Sol, para afectar el resultado de las licitaciones de casinos. En este contexto, recientemente se conoció que los nuevos propietarios del Casino de Rinconada solicitaron formalmente al TDLC ser parte del juicio por colusión que se sigue a nivel nacional en contra de operadores de casinos; sin embargo, la misma fue rechazada.