Diputados aprobó el Marco Regulatorio del Juego en Brasil
La Cámara emitió dictamen favorable sobre el texto base que legaliza los juegos de azar, como casinos, bingos y Jogo do Bicho, aunque hoy podrían efectuarse enmiendas.
Brasil.- Después de un sinfín de idas y venidas e incluso anunciada la postergación de su debate para marzo, el Marco Regulatorio del Juego llegó a la Cámara de Diputados de Brasil. Y en la sesión que se extendió hasta hoy por la madrugada, el proyecto obtuvo dictamen positivo.
La Cámara de Diputados aprobó, por 246 votos contra 202, el texto base del proyecto de ley 442/91 que legaliza los juegos de azar en Brasil, como casinos, bingos, Jogo do Bicho y juegos en línea, a través de licencias en forma permanente o por un período determinado.
A partir de hoy, jueves 24, el Pleno podrá votar las enmiendas presentadas por los partidos, en un intento de modificar el texto del diputado Felipe Carreras (PSB-PE).
Según el texto, los casinos podrán instalarse en resorts como parte de un complejo de ocio integrado que deberá contener al menos 100 habitaciones de hotel de alta gama, salas de reuniones y eventos, restaurantes, bares y centros comerciales.
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El espacio físico del casino deberá ser, como máximo, igual al 20 por ciento de la superficie edificada del complejo, y podrán explorarse juegos electrónicos y de ruleta, juegos de cartas y otras modalidades autorizadas.
Para determinar los lugares donde se pueden abrir casinos, el Poder Ejecutivo debe considerar la existencia del patrimonio turístico y el potencial económico y social de la región.
Se definió que podrá haber tres casinos cuando la población del Estado es superior a 25 millones (solo São Paulo, según la estimación de 2021.
En Estados con más de 15 millones y hasta 25 millones, podrán desarrollarse dos casinos, como es el caso de Minas Gerais y Río de Janeiro. En tanto, en los demás Estados y en el Distrito Federal, con una población de hasta 15 millones de habitantes, podrá existir un solo casino.
Cada grupo económico podrá ser titular de una sola concesión por entidad federativa y la acreditación se realizará por subasta pública en la modalidad técnica y de precio.
Adicionalmente, el Poder Ejecutivo podrá otorgar la operación de casinos en complejos de esparcimiento hasta a dos establecimientos en entidades federativas con una dimensión mayor a 1 millón de km2.
Casinos y turismo
En las localidades catalogadas como centros o destinos turísticos, se permitirá la instalación de un casino, independientemente de la densidad de población del estado en que se encuentren.
La propuesta define estos lugares como aquellos que cuentan con identidad regional, adecuada infraestructura y oferta de servicios turísticos, alta densidad de turistas y título de patrimonio natural de la humanidad, además de tener el turismo como una importante actividad económica.
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Un casino turístico no podrá estar situado a menos de 100 km de cualquier casino integrado en un complejo de ocio.
Embarcaciones
Como novedad en relación a versiones anteriores del texto, se encuentra la operación de casinos en embarcaciones fluviales, uno por cada río con 1.500 km a 2.500 km de longitud; dos por cada río con una longitud entre 2.500 km y 3.500 km; y tres por río con una longitud superior a 3.500 km.
Estas embarcaciones no podrán fondear en un mismo lugar por más de 30 días consecutivos, y la concesión podrá ser hasta por diez establecimientos.
Estos barcos deben tener un mínimo de 50 habitaciones de alta gama, restaurantes y bares y centros comerciales, así como lugares para eventos y reuniones.
Bingo
El texto permite su explotación permanente únicamente en casas de bingo, permitiendo que los municipios y el Distrito Federal exploren estos juegos en estadios con capacidad superior a 15 mil aficionados.
Las casas de bingo deben tener un capital mínimo de R$10m (USD1.9m) y estar ubicadas en locales con un área mínima de 1.500 metros cuadrados, donde también podrán ubicarse hasta 400 máquinas de videobingo, pero estarán prohibidas las máquinas tragamonedas.
Según el texto, como máximo se acreditará una casa de bingo por cada 150.000 habitantes. Los lugares con licencia tendrán una autorización de 25 años, renovable por un período igual.
Jogo do Bicho
Para la legalización del Jogo do Bicho, el texto exige que todos los registros del licenciatario, ya sea de apuestas o de extracción, estén informatizados y con posibilidad de acceso en tiempo real (online) por parte del Sindicato, a través del Sistema de Auditoría y Control (SAC).
Los interesados deben presentar un capital social mínimo de R$10m (USD1.9m) y fondos de reserva en garantía para el pago de las obligaciones y derechos previstos en el proyecto, excepto la adjudicación, que puede ser en forma de garantía en efectivo, garantía de seguro o garantía bancaria. garantía.
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La acreditación será por un período de 25 años, renovable por un período igual si se cumplen los requisitos. Podrá haber, como máximo, un operador de este juego por cada 700 mil habitantes del estado o DF. En aquellas con menos de 700 mil habitantes, solo debe haber uno acreditado para el juego de animales.
La redención de premios hasta el límite de exención del Impuesto sobre la Renta no requerirá la identificación del jugador.
Funcionamiento provisorio
Si pasados los 12 meses de vigencia de la futura ley no hubiere reglamento, se autorizará la operación provisional de video-bingo, bingo y Jogo do Bicho en todo el territorio nacional hasta tanto se libere el reglamento.