Perú publica las sugerencias al reglamento de la ley que regula las apuestas y juego online
El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo avanza con la modificación del reglamento y acogerá varias sugerencias.
Perú.- El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) sigue de cerca el desarrollo de la industria del juego en Perú. Mientras sigue avanzando la idea de modificar la ley que regula el juego online y las apuestas deportivas, el ministerio anunció que acogerá varias sugerencias antes de publicar el nuevo reglamento.
Desde el ministerio publicaron en la web el resultado de la consulta pública del proyecto de reglamento, a fin de mejorar su texto definitivo. En ese sentido, informaron que acogieron el 70 por ciento de las sugerencias enviadas por los distintos actores del sector del juego.
Según el informe publicado el 19 de mayo, 54 personas naturales y jurídicas “efectuaron un total de 772 comentarios” al proyecto de reglamento, de los cuales “se han acogido el 70 por ciento de estos, los mismos que se encuentran reflejados en la matriz de comentarios” y que “han sido incorporados al texto del reglamento”.
A su vez, detallaron que, del total de los comentarios realizados, el 72 por ciento estuvieron dirigidos a distintos artículos del reglamento, mientras que el 19 por ciento apuntaron a disposiciones complementarias y transitorias, 6 por ciento a anexos, y 3 por ciento a comentarios generales.
La Asociación Peruana de Apuestas Deportivas En Línea y Afines (APADELA) publicó 106 comentarios, mientras que las empresas Operaciones AT y Cuatrocasas Gonçalves Pereira S. Civil, aportaron 46 sugerencias.
A partir de dichos comentarios, indicaron que cada uno de estos “han sido evaluados por un equipo multidisciplinario del Mincetur conformado por ingenieros de sistemas, ingenieros electrónicos, abogados y contadores”.
Sobre la cantidad de sugerencias recibidas, desde el ministerio destacaron que “la participación ciudadana fue mayoritaria, logrando la transparencia, predictibilidad, apertura y participación activa en el proceso de producción normativa del Reglamento de la Ley 31557”.
“Los métodos elegidos para difundir el texto de reglamento y los anexos que contienen los estándares técnicos internacionales cumplieron con los objetivos propuestos, puesto que permitió mejorar el texto de reglamento trabajado y generar una gran participación no vista antes en procesos de prepublicaciones normativas en el Mincetur”, resaltaron.
La Ley 31557 fue aprobada por el Legislativo en junio del año pasado y promulgada el mes siguiente. Desde entonces, el Mincetur tenía un plazo de 120 días hábiles para elaborar la reglamentación. La primera prepublicación de la misma se realizó el 13 de noviembre del 2022.
El congresista y extitular del Mincetur Roberto Sánchez indicó que la ley permitiría una recaudación tributaria de USD160m anuales. Estos recursos serán destinados al turismo, deporte y salud mental.
El proyecto de modificación
En marzo, Madeleine Burns, viceministra de Turismo, compareció ante la Comisión de Comercio Exterior y Turismo del Congreso luego de revisar y evaluar el proyecto de Ley N° 3595-2022-CR de la congresista Lady Camones, que propone modificar la Ley N° 31557.
Burns precisó que esa revisión fue por parte de profesionales de distintas especialidades del Mincetur, como ingenieros electrónicos, ingenieros de sistemas y abogados. “Se obtuvo una opinión parcialmente favorable sobre 51 ítems que modificarían la ley N° 31557″, afirmó.
Según detalló el mismo medio, en 29 ítems coincidieron plenamente; en siete ítems coincidieron y sugirieron que se mejore la redacción; dos ítems son de competencia del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF); y en 13 ítems consideraron que deben mantener la redacción original de la ley N° 31557.
Burns mencionó que entre las medidas en las que coincidieron plenamente en su modificación está la de permitir el juego a los extranjeros y turistas, y también que las plataformas tecnológicas operen sin el bet.pe.
Además, también se refirió a la eliminación de la exigencia de la garantía (5 UIT) por las salas de apuestas deportivas, exigir una garantía única de 600 UIT, y no exigir la distancia con templos y colegios a los que venía operando antes de que entrara en vigencia la ley N° 31557.
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