Buenos Aires propone endurecer las reglas para apuestas online con un megaproyecto

Buenos Aires propone endurecer las reglas para apuestas online con un megaproyecto

El bloque de diputados de Unión por la Patria presentó un megaproyecto de ley que busca imponer severas restricciones a la publicidad de apuestas online, endurecer las medidas de biometría facial, limitar las sesiones de juego e imponer nuevos aportes financieros a las empresas operadoras.

Datos clave:

  • El proyecto D-3634/26-27 propone un nuevo régimen integral para las apuestas online en Buenos Aires.
  • La iniciativa establece verificación facial en tiempo real al abrir cuentas, iniciar sesión y realizar determinadas operaciones.
  • Las plataformas deberían cerrar la sesión tras 60 minutos continuos y bloquear el acceso luego del tercer inicio de sesión diario.
  • El proyecto prohíbe bonos, apuestas gratuitas y publicidad exterior, además de restringir el uso de IA en campañas dirigidas a menores.
  • La propuesta crea la Fiscalía Especializada en Apuestas Ilegales en Línea (FEAIL) y habilita medidas para bloquear plataformas y procesadores de pago.

Argentina.- La Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires sumó un nuevo y determinante capítulo en la agenda regulatoria de la industria del juego digital. Los diputados Facundo Tignanelli (presidente del bloque Unión por la Patria) y Micaela Olivetto ingresaron el expediente D-3634/26-27, bajo el nombre de «Régimen Integral de Prevención y Regulación de las Apuestas en Línea».

El proyecto abarca un amplio abanico de reformas estructurales que van desde la protección directa al usuario hasta la persecución penal del mercado ilegal. En sus puntos salientes, el texto introduce la verificación biométrica facial en tiempo real para operar, límites estrictos al tiempo de sesión y acceso, la prohibición absoluta de bonos e incentivos de captación, el veto a la palabra «juego» en la comunicación comercial, restricciones drásticas a la publicidad (incluida la vía pública y el uso de IA), el requerimiento de capital 100 por ciento nacional para licenciatarios, nuevos cánones económicos a la publicidad y los premios, y la creación de una Fiscalía Especializada en Apuestas Ilegales (FEAIL).

Según el texto, la iniciativa tiene como objetivo “establecer un régimen integral para la prevención y el abordaje de los riesgos y daños asociados a las apuestas en línea; regular su acceso, funcionamiento, publicidad, promoción y patrocinio y destinar recursos provenientes de la actividad al financiamiento de políticas sanitarias, comunitarias y deportivas en la Provincia de Buenos Aires”.

Verificación biométrica facial y límites estrictos al juego

El proyecto modifica la Ley N° 15.079 para exigir a los operadores autorizados la implementación obligatoria de reconocimiento biométrico facial en tiempo real. Esta verificación será requerida en cuatro momentos clave:

  • Al abrir la cuenta de usuario.
  • En cada inicio de sesión.
  • Al depositar o retirar fondos.
  • Al realizar apuestas superiores al monto que fije la reglamentación.

Asimismo, el artículo 6° establece mecanismos de juego responsable automatizados:

  • Límite de tiempo continuo: Cierre automático de sesión tras 60 minutos ininterrumpidos de juego, con la imposibilidad de reingresar durante la hora posterior.
  • Límite de accesos: Bloqueo de acceso por 24 horas al registrarse el tercer inicio de sesión en un día.
  • Alertar a los 30 minutos de sesión y suspender el acceso si se detectan indicadores de pérdida de control.
  •  Funciones permanentes para configurar límites de depósitos y autoexclusión.

Denominación no lúdica y restricciones a la publicidad

Uno de los puntos conceptuales centrales del proyecto es la adopción del principio de «Denominación no lúdica». La ley ordena referirse a la actividad de manera obligatoria como «apuestas en línea», prohibiendo el uso del término «juego» u otras palabras o imágenes que sugieran entretenimiento, diversión o éxito económico o social.

En cuanto a la publicidad y patrocinio, el proyecto establece que se prohíbe la publicidad exterior en mobiliario urbano, transporte público, paradas y pantallas visibles desde la vía pública.

Asimismo, plantea la prohibición absoluta de publicidad, promoción o patrocinio dirigida a menores de 18 años, prohibiendo la utilización de su imagen o voz, o de herramientas generadas mediante Inteligencia Artificial (IA) que simulen testimonios o resultados reales.

Por otro lado, indica que quedan totalmente prohibidos los bonos de bienvenida, giros o apuestas gratuitas, bonos de recarga y programas de puntos o fidelización.

Además, establece que toda campaña requerirá autorización expresa del Instituto Provincial de Lotería y Casinos (IPLyC Buenos Aires).

Nuevos fondos y cargas económicas sobre la industria

El proyecto crea dos nuevos esquemas financieros con impacto directo en los operadores:

  • Fondo Provincial para el Cuidado de la Salud Mental y la Ciberludopatía («Pasivo Social»): Las empresas licenciatarias deberán realizar un aporte obligatorio equivalente al 100 por ciento de lo invertido en publicidad, promoción, patrocinio y captación de clientes. Lo recaudado se distribuirá en un 70 por ciento para los municipios bonaerenses (mediante el CUD) y un 30 por ciento para el Ministerio de Salud provincial para prevención y tratamiento.
  • Fondo para Entidades de Bien Público y Deporte: Se establece un aporte mensual del 3 por ciento a cargo exclusivo de los licenciatarios sobre la totalidad de los premios abonados a los usuarios. El texto prohíbe expresamente transferir o descontar este costo de los premios de los apostadores. De lo recaudado, el 85 por ciento se destinará al fortalecimiento de clubes de barrio y asociaciones civiles, y el 15 por ciento a becas deportivas.

Requisito de capital 100 por ciento nacional para licencias futuras

En su artículo 4°, el texto modifica el artículo 151 de la Ley N° 15.079 exigiendo que las empresas operadoras estén constituidas en Argentina y cuenten con un capital social íntegramente de origen nacional, con sede social en la Provincia de Buenos Aires.

No obstante, las disposiciones transitorias (Art. 62) aclaran que este requisito no afectará retroactivamente a las licencias vigentes hasta que venza el plazo no prorrogable por el cual fueron concedidas originalmente. Sin embargo, cualquier nueva licitación o renovación futura estará sujeta a esta nueva restricción.

Asimismo, las utilidades brutas deberán permanecer depositadas en el Banco Provincia por un mínimo de 30 días, elevándose a 180 días sin posibilidad de giro al exterior cuando participen empresas o personas jurídicas radicadas en el extranjero.

Persecución al juego ilegal y herramientas procesales

Para combatir el mercado clandestino, la propuesta crea en el ámbito de la Procuración General la Fiscalía Especializada en Apuestas Ilegales en Línea (FEAIL), con sede en La Plata y jurisdicción provincial para actuar de oficio.

Paralelamente, se incorpora el artículo 225 bis al Código Procesal Penal bonaerense para autorizar a la justicia el cese preventivo e inmediato de actividades de plataformas ilegales en un plazo máximo de seis horas, posibilitando el bloqueo de sitios web, la suspensión de procesadores de pago y la clausura de establecimientos.

Además, el proyecto incorpora una figura procesal civil que permite a cónyuges, familiares hasta segundo grado o al Ministerio Público solicitar judicialmente una medida cautelar de autoexclusión para proteger a personas afectadas por problemas de juego compulsivo.

El expediente deberá ser girado y trabajado en la comisión de Juegos de Azar, Lotería y Prevención de la Ludopatía de la Cámara de Diputados provincial, que ya viene analizando e integrando diversos proyectos presentados por distintos bloques políticos sobre ludopatía infantil y regulación digital, con el objetivo de buscar consensos que permitan articular un marco regulatorio definitivo para el territorio bonaerense.

Preguntas frecuentes:

  • ¿Qué propone el proyecto de regulación de apuestas online en Buenos Aires? El proyecto propone un régimen integral que modifica las reglas de acceso, publicidad y operación de las plataformas, además de reforzar la prevención y combatir las apuestas ilegales.
  • ¿Cómo funcionaría la verificación facial para las apuestas online? El reconocimiento biométrico facial sería obligatorio al abrir una cuenta, iniciar cada sesión, realizar depósitos o retiros y efectuar determinadas apuestas según los montos que establezca la reglamentación.
  • ¿Qué restricciones publicitarias plantea el proyecto? La iniciativa prohíbe la publicidad exterior en espacios como mobiliario urbano y transporte público, además de los bonos de bienvenida, apuestas gratuitas, promociones por recarga y programas de fidelización.
  • ¿Qué es la FEAIL y qué función tendría? La Fiscalía Especializada en Apuestas Ilegales en Línea sería un organismo dedicado a investigar de oficio las operaciones sin autorización y actuar contra plataformas ilegales dirigidas a usuarios bonaerenses.


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