Avanza en Perú la idea de modificar la ley que regula el juego online y las apuestas deportivas

Se obtuvo una opinión parcialmente favorable sobre 51 ítems que modificarían la ley N° 31557.
Se obtuvo una opinión parcialmente favorable sobre 51 ítems que modificarían la ley N° 31557.

Además, desde el Mincetur pondrán énfasis en el control de los puntos de venta de juegos.

Perú.- El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) sigue de cerca el desarrollo de la industria del juego en Perú. Mientras sigue firme la idea de modificar la ley que regula el juego online y las apuestas deportivas, el ministerio también advierte sobre los puntos de venta a la calle. 

Desde el Mincetur señalaron que los puntos de ventas de los juegos y apuestas deportivas no pueden encontrarse en cualquier parte de la calle, sino en un establecimiento registrado.

Madeleine Burns, viceministra de Turismo, dijo durante su participación en la Comisión de Comercio Exterior y Turismo del Congreso que las salas de apuestas deportivas pueden ser establecimientos no exclusivos; es decir, bodegas, farmacias, etc.

Sin embargo, Burns aclaró que “los terminales deben encontrarse únicamente en establecimiento de apuestas registrados y no en cualquier parte de la calle, como protección de los grupos vulnerables de la población”.

La funcionaria compareció ante la comisión luego de revisar y evaluar el proyecto de Ley N° 3595-2022-CR de la congresista Lady Camones, que propone modificar la Ley N° 31557, que regula la explotación de juegos y las apuestas deportivas a distancia, según informó el medio local Gestión.

Burns precisó que esa revisión fue por parte de profesionales de distintas especialidades del Mincetur, como ingenieros electrónicos, ingenieros de sistemas y abogados. “Se obtuvo una opinión parcialmente favorable sobre 51 ítems que modificarían la ley N° 31557″, afirmó.

Según detalló el mismo medio, en 29 ítems coincidieron plenamente; en siete ítems coincidieron y sugirieron que se mejore la redacción; dos ítems son de competencia del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF); y en 13 ítems consideraron que deben mantener la redacción original de la ley N° 31557.

Burns mencionó que entre las medidas en las que coincidieron plenamente en su modificación está la de permitir el juego a los extranjeros y turistas, y también que las plataformas tecnológicas operen sin el bet.pe.

Además, también se refirió a la eliminación de la exigencia de la garantía (5 UIT) por las salas de apuestas deportivas, exigir una garantía única de 600 UIT, y no exigir la distancia con templos y colegios a los que venía operando antes de que entrara en vigencia la ley N° 31557.

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