La Justicia establece un mecanismo permanente para bloquear sitios de apuestas online no autorizados en Chile
La Corte de Apelaciones de Santiago determinó que las empresas de telecomunicaciones deberán implementar bloqueos mediante DNS sobre los dominios identificados y validados como plataformas de apuestas que operen sin autorización en el país.
Chile.- La Corte de Apelaciones de Santiago estableció el mecanismo mediante el cual las principales empresas de telecomunicaciones de Chile deberán bloquear el acceso a sitios web de apuestas y juegos de azar que operen sin autorización, avanzando así en la ejecución de una resolución previa de la Corte Suprema.
El tribunal determinó que el bloqueo se realizará mediante el sistema de nombres de dominio (DNS) y deberá ser aplicado por Claro, Entel, GTD Manquehue, Movistar, WOM y VTR sobre aquellos dominios que sean identificados y posteriormente validados como plataformas ilegales.
La resolución surge de un proceso iniciado por Lotería de Concepción contra las principales compañías de telecomunicaciones, a las que cuestionó por permitir el acceso a plataformas de apuestas online no autorizadas, situación que, según planteó, generaba condiciones de competencia desleal. Polla Chilena de Beneficencia posteriormente se incorporó a la causa.
Cuáles son las etapas del proceso de bloqueo
La Corte adoptó la alternativa técnica propuesta por la Subsecretaría de Telecomunicaciones (Subtel), que establece un procedimiento permanente para identificar y bloquear nuevos dominios.
En una primera etapa, los recurrentes o terceros que participen en la causa deberán informar a la Superintendencia de Casinos de Juego (SCJ) los dominios, subdominios, redirecciones o sitios derivados que consideren vinculados con plataformas alcanzadas por la sentencia.
Luego, la SCJ deberá validar los antecedentes dentro del ámbito de sus atribuciones y determinar si los dominios corresponden efectivamente a plataformas de apuestas o juegos de azar. Una vez realizada esa verificación, la información será enviada a Subtel.
La tercera fase contempla la comunicación técnica a las empresas de telecomunicaciones, que recibirán la nómina de dominios y subdominios que deberán incorporar a sus mecanismos de bloqueo DNS.
Posteriormente, las compañías deberán ejecutar el bloqueo dentro del plazo establecido por Subtel y acreditar ante la Corte su implementación.
Finalmente, el procedimiento podrá actualizarse de manera sucesiva para incorporar nuevos dominios, subdominios o sitios espejo utilizados por plataformas previamente bloqueadas. La resolución también contempla mecanismos para corregir eventuales errores y evitar que sean afectados servicios lícitos.
Derrotero judicial
La disputa se remonta al recurso de protección presentado por Lotería de Concepción contra las compañías operadoras. En primera instancia, la Corte de Apelaciones había rechazado la acción en abril de 2025, pero la Corte Suprema revirtió posteriormente esa decisión y ordenó impedir la transmisión y promoción de juegos de azar, incluyendo el bloqueo de los sitios señalados por la recurrente.
En marzo de 2026, la Corte de Apelaciones había considerado cumplida la sentencia. Sin embargo, la Corte Suprema, a través de un recurso de queja resuelto en abril, dejó sin efecto esa decisión y ordenó reabrir el proceso de ejecución, considerando el bloqueo de los sitios como una herramienta necesaria para cumplir con el objetivo central de la sentencia.
Con la nueva resolución, el tribunal busca establecer un procedimiento que no se limite a los dominios originalmente identificados, sino que pueda mantenerse actualizado ante la aparición de nuevas direcciones y sitios espejo.