La Corte de Apelaciones libera a empresas de telecomunicaciones de implementar bloqueos de sitios de apuestas en Chile

La Corte de Apelaciones libera a empresas de telecomunicaciones de implementar bloqueos de sitios de apuestas en Chile

La Corte de Apelaciones de Santiago desestimó el requerimiento de la Lotería de Concepción.

Chile.- Las empresas de telecomunicaciones Claro, Entel, GTD, Movistar, WOM y VTR quedaron eximidas de la responsabilidad de implementar los bloqueos de los sitios de apuestas online que operan en Chile gracias a un fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago que ordenó archivar la causa iniciada por la Lotería de Concepción. 

La lotería chilena solicitó en 2025 que las empresas de telecomunicaciones implementaran tecnología, como sistemas “DPI” (Deep Packet Inspection) o “SNI” (Server Name Indication), para bloquear las casas de apuestas online ilegales. Sin embargo, la Corte de Apelaciones consideró que “excede la normativa vigente”. 

Cabe recordar que en septiembre de 2025 la Corte Suprema acogió el recurso de protección interpuesto por la Lotería de Concepción en contra de Claro, Entel, GTD, Movistar, WOM y VTR y ordenó el bloqueo inmediato de las plataformas de apuestas online. En el fallo, la Corte Suprema estableció que los juegos de azar en línea son ilegales, salvo autorización expresa por ley. Además, se concluyó que los proveedores de internet tienen prohibido transmitir o facilitar actividades ilegales, por lo que deben bloquear esos sitios.

Luego de ese fallo, la Lotería de Concepción solicitó que las compañías implementaran tecnologías más sofisticadas para bloquear posibles páginas duplicadas, los denominados “sitios espejo”. Sin embargo, la nueva resolución de la Corte de Apelaciones tomó en consideración un oficio emitido en febrero pasado por la Subsecretaría de Telecomunicaciones (Subtel). En él, la autoridad sectorial señaló que aún no se han dictado normas que regulen la obligatoriedad del uso de estas tecnologías por parte de las ISP, “toda vez que su implementación debe considerar el marco regulatorio que rige la materia, particularmente la neutralidad de la red, ciberseguridad y protección de datos, quedando dentro de la esfera de autonomía de las respectivas empresas contar con estos mecanismos”.

La Subtel explicó que compañías como Entel, Claro, VTR, Gtd, WOM y Telefónica cuentan con herramientas para bloquear páginas, pero advirtió que existe el riesgo de afectar a terceros. Además, recordó que la industria se rige por la normativa que garantiza la “neutralidad en la red para los consumidores y usuarios de internet”.

Sin embargo, en su resolución, la Corte sostuvo que un “bloqueo activo e intrusivo” permanente “impone estándares tecnológicos más sofisticados e invasivos, no exigidos por nuestra normativa, careciéndose, por tanto, de reglas legales específicas que aborden la eventual responsabilidad de los concesionarios bajo la modalidad de cumplimiento de la sentencia que pretenden los recurrentes”.

Con este razonamiento, el tribunal determinó que las empresas de telecomunicaciones ya habían dado cumplimiento a la sentencia, descartando la exigencia de aplicar bloqueos adicionales de carácter intrusivo.

Posiciones encontradas

En noviembre, poco después de que se conociera el fallo de la Corte Suprema, Alfie Ulloa, presidente ejecutivo de Chile Telcos, explicó que los proveedores de internet están obligados a bloquear únicamente los sitios individualizados en la sentencia. “Los proveedores no pueden discriminar el tráfico en función del contenido, origen o destino, a menos que exista una orden judicial o administrativa que lo ordene”, afirmó. Añadió que las plataformas afectadas pueden modificar sus dominios, lo que impide su funcionamiento de forma permanente. También apuntó a otras vías de acceso fuera del control de las telcos, como redes privadas virtuales (VPN) o DNS propios.

Desde el sector regulado, la presidenta de Polla Chilena de Beneficencia, Macarena Carvallo, criticó que las plataformas no autorizadas hayan anticipado el cambio de dominios ante el inminente bloqueo. Además, instó a la Subsecretaría de Telecomunicaciones a dictar instrucciones más claras y rápidas para hacer efectivo el cumplimiento del fallo.

La sentencia del máximo tribunal, dictada a fines de septiembre, ordenó el bloqueo inmediato de doce direcciones web asociadas a plataformas como Betano.com, Coolbet.com, Betsson.com/cl y Betwarrior.bet/es, entre otras. Según declaró en su momento el abogado Carlos Baeza, representante de cinco de las principales casas de apuestas online que operan en Chile, el fallo solo afecta a las telcos, no a las plataformas, que, según sostuvo, seguirían habilitadas para modificar sus URLs y operar mientras no exista una ley que defina lo contrario.

Desde Chile, Telcos advirtieron que, sin nuevas órdenes específicas, el bloqueo no puede extenderse más allá de las direcciones señaladas inicialmente, configurando un escenario que actores del sector definen como un “juego de gato y ratón” entre operadores y autoridades.

Para Manuel Zárate Campos, jefe de la división jurídica de la Superintendencia de Casinos de Juego (SCJ), el fallo de la Corte Suprema marca “un punto de inflexión”. Según él, la sentencia reafirma que “los juegos online, por regla general, están prohibidos, salvo autorización legal expresa”, y subraya que existen hoy solo unas pocas actividades autorizadas (como la Polla Chilena, la Lotería de Concepción o los casinos físicos) bajo supervisión legal. En una entrevista exclusiva con Focus Gaming News, Zárate Campos valoró especialmente que la Corte respalde la ilegalidad de las plataformas sin permiso, y señaló que el proyecto de ley en trámite —que propone facultar a la futura Superintendencia para ordenar bloqueos directamente sin fallo judicial— se vuelve aún más urgente para controlar las plataformas no autorizadas, sancionar penalmente a quienes operen en la ilegalidad y proteger a la ciudadanía.

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