El Tribunal Supremo de Valencia acudirá a la Justicia europea para dirimir las desigualdades entre juego público y privado

El Tribunal Supremo de Valencia acudirá a la Justicia europea para dirimir las desigualdades entre juego público y privado

Las disputas en torno a la nueva Ley de Juego de Valencia llegarán al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

España.- La Ley del Juego de Valencia sigue generando disputas y cruces. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha decidido plantear una serie de cuestiones prejudiciales ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en relación a la controvertida norma y sus restrictivas medidas.

No es la primera vez que la justicia valenciana decide acudir a la europea para dirimir cuestiones vinculadas con el juego en la comunidad autónoma. Lo mismo ocurrió en 2020 y también en 2023. En esta oportunidad, se han vuelto a plantear dudas a la Justicia europea sobre las limitaciones que la Generalitat impone a los negocios del sector del juego, mientras que la ONCE o SELAE se libran de ellas. Entre estas restricciones, se veta cierta publicidad y se exige el alejamiento de las casas de apuestas de los colegios, además de varias medidas burocráticas y de prevención de la adicción.

En un documento fechado a finales del pasado enero, que difundió el medio local «El Español», la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) expone que las restricciones que recoge la legislación valenciana contra la ludopatía, «que no se establecen para los establecimientos públicos de juego o apuestas», pueden perjudicar la libre competencia, «tendiendo hacia un monopolio estatal del juego».

De esta manera, a criterio de los jueces, se estaría «fomentando ventajas injustificadas para el sector público», que aporta «ingresos directos considerables para el Estado en detrimento de la libertad de mercado». Además, de entrar en vigor, la legislación valenciana sobre el juego de azar «complicaría la subsistencia de establecimientos privados en este sector» y perjudicaría «una unidad de mercado con igualdad de condiciones en el tratamiento de los agentes».

El litigio

Esta causa se inició por el recurso interpuesto por las empresas Recreativos Giner Molto SL y Valazar 2000 SL contra Decreto 97/2021 del Consell, que recoge «medidas urgentes» para la regulación del juego y la prevención de la ludopatía en la Comunidad Valenciana. El texto fue publicado en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana de 4 de agosto de 2021.

Los recurrentes impugnaron varios de los artículos de esta norma; los mismos artículos que otras empresas o patronales del juego habían cuestionado anteriormente, lo que motivó que el TSJ valenciano consultase al TJUE por este mismo asunto en 2020 y en 2023.

Hace unos meses, tanto la Generalitat como Recreativos Giner como Valazar se mostraron a favor de que el TSJCV presentase una cuestión prejudicial ante el TJUE para consultar a la Justicia europea sobre esta legislación.

Ver también: Pedido formal para que se modifiquen algunos aspectos de la Ley de Juego en Valencia

Y así lo ha hecho, finalmente, la Justicia valenciana, en un auto fechado a finales del pasado mes de enero. Los argumentos que esgrimen los magistrados son similares a los autos de 2020 y 2023. En resumen: que las limitaciones que impone el Decreto a los negocios privados no se aplican al sector público. Deben alejarse de los colegios y demás centros educativos a 850 metros y entre salones de juego no puede haber una distancia inferior a medio kilómetro.

El sector público quedó excluido de estas restricciones, ya que depende de la Administración estatal, mientras que las comunidades autónomas sí pueden regular ciertos aspectos concretos de las casas de apuestas de su territorio, por eso ahora, la Justicia europea deberá analizar el caso.

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