El juego online no se habilitaría en la ciudad de Córdoba
De acuerdo con una ordenanza municipal, la capital de Córdoba finalmente quedaría excluida de la ley provincial que permite los juegos online en la provincia.
Argentina.- A medida que se acerca la implementación del juego online en Córdoba, crece la incertidumbre acerca de qué va a pasar en la capital provincial con la modalidad. Tanto el oficialismo como la oposición coinciden en que las empresas no podrán operar en ese territorio por una ordenanza de la ciudad.
Un sector opositor al juego dentro de la ciudad, mantiene su posición desde el momento en que se aprobó la ley provincial (10.793) que habilita los juegos en línea en la provincia, en diciembre de 2021, y que regula las apuestas desde celulares, computadoras o dispositivos móviles y desde el oficialismo aseguran que no hay lugar a la polémica, simplemente porque sostienen que ya de por sí el juego está prohibido en el territorio.
El Código de Espectáculos Públicos (la ordenanza 11.684), establece en su artículo 29 que “en todo lugar donde se desarrolle un espectáculo público queda prohibida la instalación y explotación de casinos y de los juegos denominados bingos, loterías, slot machine, lotería inglesa, lotería electrónica, lechuzas, tragamonedas, video póquer e hípicas electrónicas, así como cualquier tipo de juegos de azar…”.
Sobre esta normativa, desde el Gobierno municipal sostienen que no se permitirán las apuestas virtuales. En ese sentido, el viceintendente de la ciudad de Córdoba, Daniel Passerini, le dijo al medio local La Voz: “Nosotros tomamos una decisión y es no adherir a la ley provincial, no modificar la ordenanza que prohíbe el juego en la ciudad. No vamos a habilitar agencias de juego electrónico. Es una polémica que se buscó instalar y está terminada”.
A su vez, agregó: “Respetamos la Carta Orgánica Municipal y una ordenanza que está desde antes que asumimos (el Código de Espectáculos Públicos) que dice que en Córdoba está prohibido el juego y esto lo ratificamos… Nos quieren plantear este tema cuando lo que estamos haciendo es respetar la ordenanza, pero vemos que sus senadores nacionales en la oposición no hacen nada”, expresó.
La polémica resurgió luego de que la semana pasada se conociera que sería inminente la firma de los contratos de las ocho empresas adjudicadas para operar el juego online en la provincia mediterránea.
Por su parte, el concejal de Encuentro Vecinal Córdoba, Juan Pablo Quinteros, quien desde diciembre de 2021 rechaza el desembarco de esta modalidad en la ciudad, le dijo al mismo medio: “Si está prohibido el juego en la Capital, también debe estar la publicidad de estos sitios. Está claro que en el contrato de concesión no quedó especificado para las empresas que en Córdoba existe una ordenanza y que está prohibido”.
“En el modelo de contrato recién ahora se incorporó la ordenanza 11.694, de Espectáculos Públicos. Eso es por la notificación que hicimos con escribano ante la Municipalidad, junto con Aurelio García (Elorrio Encuentro Vecinal)…”, agregó el edil quien considera que el contrato es ambiguo.
Por su parte, el concejal Ricardo Aizpeolea, de Córdoba Cambia, coincide con el planteo de Quinteros “Seguramente vamos a insistir en un proyecto que presentamos desde la oposición y que ratificaba la prohibición del juego. Pueden decir que sea redundante, pero ya en las reuniones en comisión con especialistas nos insistieron en que se respete la autonomía municipal, y que en Córdoba está prohibido”, manifestó el concejal.
Enrique Dutra, especialista en ciberseguridad e integrante de Punto Net Soluciones, fue consultado por La Voz, quien explicó que la primera barrera para prohibir la modalidad en la ciudad podría darse con la geolocalización del apostador, que impediría que ingresara a jugar a la sala virtual conectándose desde Córdoba Capital.
“Seguramente el bloqueo se da desde la geolocalización. Pero qué pasa si esa misma persona se conecta desde un lugar remoto, ubicándose desde otro lugar. Por ejemplo, no se podía acceder a Uber desde Córdoba, pero si se localizaba desde una conexión remota, podía hacerlo. Hoy tenemos una tecnología difícil de aplicar desde el control porque hay herramientas que permiten saltar y acceder a plataformas desde otro lugar”, explicó el especialista.
El contrato
En el contrato, las prestatarias se comprometen ante la Lotería a abordar el juego online “desde una política integral de responsabilidad social, contemplando el juego como un fenómeno complejo, debiendo combinar acciones preventivas dirigidas a la sensibilización de las buenas prácticas del juego, así como de los posibles efectos de las prácticas no adecuadas tomando intervención y control a las mismas”.
De acuerdo con la ley provincial, en este distrito pueden operar hasta 10 licitatarias con empresas argentinas o con capitales extranjeros, siempre que tengan firmas locales. El plazo máximo de la licencia que les otorgará la Lotería de Córdoba será de 15 años, no prorrogables.
Además, estas preadjudicatarias por ley deberán abonar un canon mensual del 10 por ciento del “producido bruto”, es decir del resultado de la totalidad de lo apostado. En este caso, deberán depositarlo al Gobierno provincial para ser utilizado sólo en concepto de programas sociales. El contrato establece que el licenciatario debe comenzar sus actividades en no más de 180 días tras la firma del contrato.
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