Publicidad del juego en Brasil: la Justicia suspendió norma que restringe la publicidad de apuestas por parte de los estados

Luis Fux dio la derecha al reclamo de las autoridades estatales.
Luis Fux dio la derecha al reclamo de las autoridades estatales.

El ministro del Supremo Tribunal Federal, Luis Fux, hizo lugar a un amparo y declaró inconstitucional las limitaciones publicitarias planteadas en la Ley 14.790.

Brasil.- El ministro Luiz Fux, del Supremo Tribunal Federal (STF), suspendió parte de la nueva Ley de Apuestas Deportivas (14.790) que prohíbe la publicidad de los servicios de lotería en más de un estado. La decisión responde al pedido del gobierno de São Paulo, que solicitó un amparo para suspender la norma, luego de que la sentencia de fondo fuera suspendida a petición del ministro Gilmar Mendes.

El gobernador de São Paulo, Tarcísio de Freitas, sostuvo que la medida era urgente porque el Estado tiene prevista una licitación para la concesión de sus servicios de lotería para el próximo lunes 28 de octubre y para ello era necesario contar con una resolución judicial firme en cuanto a la publicidad.

Fux votó para declarar inconstitucional el artículo de la ley que permite la publicidad sólo en el Estado donde está domiciliado el servicio. La acción fue interpuesta por los estados de São Paulo, Minas Gerais, Acre, Mato Grosso do Sul, Río de Janeiro y el Distrito Federal.

Los gobernadores afirmaron que la ley sancionada en diciembre del año pasado, que modifica partes de la ley de 2018, restringe a un mismo grupo económico obtener concesiones para operar servicios de lotería en más de un estado. Además, prohíbe la publicidad en los estados donde no se opera el servicio de lotería.

Ver también: En qué consiste el nuevo proyecto de ley presentado en Brasil para regular la publicidad del juego 

Fux entendió que los Estados tienen competencia para operar los servicios públicos de lotería y que la Unión no puede instituir un trato diferenciado entre las entidades federativas, “privilegiando a ciertos Estados en detrimento de otros o privilegiándose a sí misma en detrimento de los Estados miembros”.

“No parece razonable que el servicio de lotería de un determinado Estado no pueda patrocinar a un deportista o a un equipo de fútbol profesional que competirá en otra unidad de la federación o incluso fuera del país”, afirmó el ministro, añadiendo que tampoco es razonable que una lotería estatal no pueda, por ejemplo, “realizar una acción de marketing en un partido de la selección brasileña de fútbol en el extranjero, simplemente porque el evento tiene lugar físicamente fuera de los límites territoriales del Estado concedente”, esgrimió Fux.

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Brasil Ley 14790 publicidad del juego