Guayaquil vuelve a clausurar el casino Club del Sol en medio del endurecimiento oficial contra los juegos de azar
El establecimiento ubicado en el Hotel Sheraton fue cerrado nuevamente por supuestas irregularidades en su licencia de funcionamiento. La medida llega días después de que la Procuraduría General del Estado ratificara que los casinos siguen prohibidos en Ecuador, incluso cuando operen bajo estructuras sin fines de lucro.
Ecuador.- El Municipio de Guayaquil volvió a clausurar el casino Club del Sol, ubicado en las instalaciones del Hotel Sheraton de esa ciudad, por presuntos incumplimientos relacionados con la Licencia Anual para el Funcionamiento de Establecimientos (LAFE). Con esta medida, el establecimiento suma dos cierres en lo que va de 2026 y el caso vuelve a quedar en el centro del debate sobre la prohibición de los juegos de azar en Ecuador.
Según los sellos colocados en la entrada principal del local, la clausura responde a supuestas infracciones a los numerales 3 y 4 del artículo 46 de la normativa municipal. De acuerdo con la información difundida, el establecimiento habría incumplido la obligación de declarar o adjuntar información veraz para la obtención de la licencia, además de desarrollar actividades económicas en zonas no autorizadas por el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Guayaquil.
La sala ya había sido clausurada el 13 de febrero por no contar con la Licencia Anual de Funcionamiento ni con los permisos municipales correspondientes. Sin embargo, semanas después, el Tribunal Distrital de lo Contencioso Administrativo dispuso la suspensión de los efectos de esa medida, lo que permitió la reapertura del casino el 5 de marzo.
El nuevo cierre se produce además pocos días después de que la Procuraduría General del Estado emitiera un pronunciamiento que ratificó la prohibición de operar casinos físicos u online en Ecuador, incluso bajo estructuras sin fines de lucro.
A través del Oficio 16528, fechado el 4 de mayo de 2026, el organismo sostuvo que los juegos de azar constituyen una actividad de objeto ilícito en materia civil, independientemente de que quienes los administren persigan o no beneficios económicos. El criterio fue emitido en respuesta a una consulta presentada por la Junta de Beneficencia de Guayaquil.
La Procuraduría también aclaró que la diferencia entre entidades con y sin fines de lucro solo resulta relevante desde el punto de vista penal, particularmente respecto del artículo 236 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), pero no modifica la prohibición vigente en materia civil y administrativa.
El caso del Club del Sol había sido uno de los principales ejemplos utilizados dentro de este debate regulatorio. El establecimiento argumentaba operar bajo el amparo de la Fundación Ecuatoriana de Fibrosis Quística (FEFQ), entidad sin fines de lucro que sostenía que los ingresos del casino estaban destinados a financiar programas sociales y médicos.
Sin embargo, la estructura operativa del casino generó cuestionamientos. María Lorena Burgos, procuradora judicial de la FEFQ, había señalado previamente que la fundación no administraba directamente el establecimiento ni había realizado inversiones en el mismo, ya que la operación estaba a cargo de la empresa Sunsetbet S.A.S.
Además, Burgos explicó que la fundación mantenía una alianza con la firma estadounidense Renewal Engineering Services LLC, que habría aportado el capital para poner en marcha el proyecto. Según registros de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, dicha empresa figura como única accionista de Sunsetbet.
En su reciente pronunciamiento, la Procuraduría también remarcó que ni municipios ni intendencias de Policía pueden otorgar permisos para el funcionamiento de casinos fuera de las excepciones expresamente previstas por la legislación ecuatoriana. Asimismo, señaló que organismos como la Fiscalía, la Unidad de Análisis Financiero y Económico y la Aduana deben intervenir en investigaciones vinculadas con este tipo de operaciones y el origen de los fondos utilizados.