El Servicio de Impuestos Internos de Chile aclara el cálculo del IVA para plataformas de apuestas online y prepara una nueva resolución

El Servicio de Impuestos Internos de Chile aclara el cálculo del IVA para plataformas de apuestas online y prepara una nueva resolución

El organismo precisó que la regla general mantiene como base imponible el total de las apuestas, aunque abrió la posibilidad de tributar sobre el margen cuando el operador pueda acreditarlo fehacientemente.

Chile.- El Servicio de Impuestos Internos (SII) de Chile emitió el Oficio N° 1.658, mediante el cual precisó los criterios para determinar la base imponible del Impuesto al Valor Agregado (IVA) aplicable a las plataformas extranjeras de apuestas online y casinos digitales que prestan servicios a usuarios en el país.

La interpretación llega poco más de un mes después de la entrada en vigor de la Resolución Exenta N° 69, que estableció el procedimiento para que estos operadores se inscriban y cumplan con el pago del denominado IVA a los servicios digitales, y en medio de la controversia política y jurídica que generó la decisión del organismo tributario.

Según el oficio firmado por el director del organismo, Jorge Trujillo, el criterio general continúa siendo que la base imponible corresponde al total de las sumas apostadas, ya que el régimen especial previsto para los casinos físicos autorizados no resulta aplicable a las plataformas de apuestas online.

No obstante, el documento incorpora una excepción relevante. El SII señala que, «si el contribuyente logra acreditar fehacientemente que la remuneración por el servicio prestado corresponde únicamente al margen obtenido entre las apuestas recibidas y los premios pagados, dicha remuneración constituirá la base imponible afecta a IVA».

En esa línea, el organismo agrega que «la determinación de la base imponible dependerá de la naturaleza jurídica y económica de la operación efectivamente realizada y de los antecedentes que permitan acreditarla», dejando abierta la posibilidad de que determinados operadores tributen sobre su Gross Gaming Revenue (GGR) y no sobre el volumen total apostado. El documento, además, precisa que esta interpretación complementa, pero no reemplaza, los criterios establecidos en los Oficios N° 3591 de 2021 y N° 1802 de 2022, que continúan vigentes.

La aclaración responde a las dudas surgidas tras la publicación de la Resolución Exenta N° 69, que había sido cuestionada por especialistas tributarios y por la industria al considerar que gravar el total de las apuestas podía implicar aplicar el impuesto sobre montos que posteriormente son devueltos a los jugadores en concepto de premios.

Asimismo, el SII informó que emitirá una nueva resolución en la que publicará la nómina de plataformas a las que se les aplicará el mecanismo de cambio de sujeto, siempre que no se hayan inscrito para declarar y pagar el IVA correspondiente. En esos casos, serán los operadores de medios de pago los responsables de retener el 19 por ciento del IVA asociado a cada transacción y enterarlo mensualmente al fisco.

El organismo señaló que actualmente se encuentra definiendo la fecha a partir de la cual comenzará a publicar el listado de plataformas alcanzadas por esta medida, información que será comunicada en los próximos días.

El oficio también refuerza las facultades de fiscalización del SII respecto de las plataformas extranjeras. En ese sentido, señala que el organismo podrá requerir antecedentes para verificar la correcta determinación de la base imponible y, cuando la legislación tributaria lo autorice, acceder a los sistemas tecnológicos de los contribuyentes con fines exclusivamente tributarios, con el objetivo de comprobar el correcto funcionamiento de los registros y evitar la manipulación o destrucción de información relevante para la determinación de los impuestos.

Un debate que continúa

La emisión del Oficio N° 1.658 representa un nuevo capítulo en la discusión sobre la tributación de las plataformas de apuestas online en Chile, que continúa desarrollándose en paralelo a la tramitación del proyecto de ley que busca regular el sector.

La decisión del SII de exigir el pago del IVA a operadores extranjeros generó un intenso debate en el Congreso. Durante una sesión de la Comisión de Economía del Senado, parlamentarios cuestionaron que el organismo habilitara un mecanismo para recaudar impuestos de plataformas cuya actividad aún carece de un marco regulatorio específico y ha sido considerada ilegal por distintos pronunciamientos judiciales.

En ese contexto, el Senado solicitó la opinión de la Corte Suprema respecto de la resolución del SII, mientras que el propio organismo defendió su actuación argumentando que sus atribuciones son exclusivamente tributarias y que el cobro del impuesto no implica pronunciarse sobre la legalidad de las operaciones de las plataformas.

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