El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico respalda a la Comisión de Juegos y bloquea nuevas licencias para máquinas de azar

El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico respalda a la Comisión de Juegos y bloquea nuevas licencias para máquinas de azar

La Justicia revocó el fallo de primera instancia que había ordenado recibir y tramitar solicitudes de nuevos operadores de máquinas en ruta. El regulador celebró la decisión, que ratifica su interpretación de la ley y mantiene cerrado el proceso de licenciamiento al menos hasta 2028.

Puerto Rico.- El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico falló a favor de la Comisión de Juegos de Puerto Rico en la disputa por el otorgamiento de nuevas licencias para operadores de máquinas de juegos de azar en ruta y revocó la sentencia de primera instancia que había ordenado al organismo recibir y tramitar solicitudes de nuevos participantes del mercado.

La decisión representa un giro definitivo en el caso iniciado por un grupo de comerciantes vinculados a UNOMAR, que había obtenido un fallo favorable en mayo. En aquella oportunidad, el Tribunal de Primera Instancia de San Juan había determinado que la Comisión tenía la obligación de aceptar formalmente las solicitudes y avanzar con su evaluación.

Sin embargo, tras la apelación presentada por el regulador, el tribunal apelativo concluyó que actualmente no existe un deber legal que obligue a la Comisión a recibir, aceptar, tramitar o procesar nuevas solicitudes de licencias de dueños mayoristas u operadores de máquinas en ruta.

Según explicó el director ejecutivo de la Comisión de Juegos, Juan Carlos Santaella Marchán, la sentencia valida la interpretación que el organismo sostuvo durante todo el litigio respecto de la aplicación de la Ley Núm. 11 de 1933, modificada recientemente para regular el sector.

El núcleo de la controversia radicaba en la posibilidad de incorporar nuevos operadores antes de que concluyera el proceso de interconexión y regularización previsto por la ley. Mientras los demandantes sostenían que todavía existía capacidad disponible dentro del límite legal de 25.000 máquinas autorizadas, la Comisión argumentaba que los actuales licenciatarios conservan derechos preferentes hasta completar el proceso establecido por la normativa.

De acuerdo con la resolución, la Ley Núm. 11 otorgó a los dueños mayoristas con licencias activas un plazo de dos años, iniciado el 14 de enero de 2026, para completar la incorporación de las máquinas a las que tienen derecho dentro de los límites permitidos. Ese período finalizará el 14 de enero de 2028.

El Tribunal de Apelaciones determinó que, mientras ese plazo permanezca vigente y no se confirme la existencia de capacidad disponible dentro de los topes legales, la Comisión no está obligada a abrir un nuevo proceso de licenciamiento.

“Con esta determinación, el foro apelativo valida la interpretación legal defendida por la Comisión durante el trámite judicial”, afirmó Santaella Marchán. El funcionario añadió que el organismo continuará aplicando las disposiciones de la ley con el objetivo de preservar la integridad del marco regulatorio de las máquinas de juegos de azar en ruta.

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