Dominicana: Asocol apoya la prohibición de venta de sorteos a través de dispositivos móviles

La Asociación de Concesionarias de Loterías Electrónicas (Asocol)  apoya la Resolución 172-2022.
La Asociación de Concesionarias de Loterías Electrónicas (Asocol) apoya la Resolución 172-2022.

La Asociación de Concesionarias de Loterías Electrónicas (Asocol) anunció su respaldo a la Resolución No.172-2022, que establece la prohibición de la venta de sorteos de lotería y juegos de azar en terminales y dispositivos móviles.

República Dominicana.- Las bancas de lotería dominicanas continúan atravesando el proceso de regularización que trae consigo ciertos cambios, algunos controversiales que despiertan críticas por parte de las bancas, pero muchos otros que son apoyados por el sector. 

En los últimos días, la Asociación de Concesionarias de Loterías Electrónicas (Asocol) se manifestó a favor de la Resolución 061-2022 que crea y establece los lineamientos para la Regulación de bancas de loterías, especialmente, expresaron su apoyo a la Resolución No.172-2022, que establece la prohibición de la venta de sorteos de lotería y juegos de azar en terminales y dispositivos móviles, ambas dictadas por el Ministerio de Hacienda.

A través de un comunicado, explicaron que tanto Asocol como la Federación Nacional de Bancas de Loterías (Fenabanca), por años denunciaron a través de diferentes medios y en las redes sociales el daño que los dispositivos móviles, especialmente los llamados “verifones” causaron al sector, afectando considerablemente sus operaciones comerciales.

En su descargo, la federación resaltó que como gremio siempre cumplieron con sus obligaciones fiscales y tributarias, sin embargo, a la falta de lineamientos y seguimiento a las irregularidades, también se sumaron los vendedores ambulantes, los cuales diariamente presentan situaciones en las que incurren en prácticas ilegales, afectando directamente al sector de lotería.

En ese sentido, denunciaron la falta de atención y sanciones por parte de las autoridades a quienes incurren en estas actividades fuera de la ley y que muchas veces involucra a empleados y dueños de los equipos o desarrolladores de software.

Tanto Asocol, integrada por Loteka, La Primera, La Suerte dominicana, Loto Real y Lotedom, como Fenabanca, solicitaron a las autoridades correspondientes que, vencido el plazo otorgado por la Resolución 172-2022, ipso facto, se apliquen las disposiciones contenidas en las siguientes leyes: Articulo 410 del Código Penal Dominicano, Ley 11-92 del Código Tributario de la República Dominicana, Ley 155-17 de Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo, Ley 53-07 sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología.

Consideran que de aplicarse la ley como corresponde, se puede lograr la erradicación total de los dispositivos móviles para la venta de los sorteos de loterías y otros juegos de azar, lo que conllevaría a que el proceso de regularización de bancas y agencias de ventas de loterías sea más factible, logrando así organizar aún más el sector, el cual a su vez se reflejaría en más ingresos al sistema financiero dominicano.

Resolución 172-2022

Desde el Gobierno, indicaron que el incumplimiento de lo establecido en esta resolución será objeto de sanciones. Las mismas serán las siguientes:

  • A los propietarios de bancas de lotería o consorcios y concesionarios de loterías electrónicas. Les será clausurada la banca, punto de venta o agencia, y la revocación definitiva del permiso de sus operaciones o franquicias.
  • A los propietarios o vendedores que se dediquen a la venta de sorteos ambulantes. Serán sometidos a la acción de la justicia para la aplicación de las sanciones establecidas en el artículo 410 del Código Penal Dominicano; Ley núm. 11-92 que establece el Código Tributario de la República Dominicana; Ley núm. 155-17 contra el lavado de activo y el financiamiento del terrorismo; y cualquier otra disposición legal que le sea aplicable.
  • A la persona física o jurídica desarrolladora o prestadora de servicio de software, mantenimiento, alojamiento, operación, venta o comercialización del sorteo de terminales de quinielas o cualquier otro juego de azar que sirva de soporte a dichas operaciones ilegales. Se les aplicarán las disposiciones de la Ley núm. 53-07 sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología y cualquier otra disposición legal que les sea aplicable.

Nuevos plazos para la regularización

Si bien se había anunciado con bombos y platillos que el proceso de regularización de las bancas de loterías dominicanas tendría como fecha límite el lunes 18 de abril, finalmente luego de varias reuniones con los sectores involucrados, el Ministerio de Hacienda a través de la Dirección de Casinos y Juegos de Azar decidió extender el plazo hasta el 30 de mayo.

Las bancas de loterías, deportivas, casinos y juegos de azar ahora tendrán tiempo hasta fines de mayo para presentar su carta de compromiso, y con ello iniciar el proceso de regularización.

Las autoridades informan que la medida fue tomada luego de varias reuniones con los sectores involucrados a fin de lograr acuerdos y modificaciones tanto en los formularios, metodologías y todo lo relacionado con el proceso de interconexión.

Ver también: Aplazan audiencia por fraude en la Lotería de República Dominicana

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