Dominicana cerrará las bancas de loterías que no se regularicen antes del 18 de abril
Finalizado este período, quedará prohibida por dos años la emisión de nuevos permisos o licencias para nuevas bancas de loterías y concesión de loterías electrónicas.
República Dominicana.- El Ministerio de Hacienda ya puso en marcha el plan de regularización de bancas de lotería en República Dominicana. Se trata de una iniciativa que Teófilo Quico Tabar, director de Casinos y Juegos de Azar de República Dominicana, empuja desde que asumió su función el año pasado.
Recientemente, a través de la Dirección de Casinos y Juegos de Azar, el Gobierno recordó a las asociaciones de bancas de apuestas deportivas y a propietarios de bancas particulares que tienen la obligación de presentar sus declaraciones juradas, las que fueron solicitadas el pasado lunes 14 de marzo. Además, les marcó el deadline: el plazo para la entrega de documentos vence el próximo lunes 18 de abril.
En estas declaraciones, los responsables deberán presentar datos de las bancas y máquinas tragamonedas que posean, ya sea que estén regularizadas o no. Estos son: ubicación georreferencial y cantidad; así como respectivos números de serial y modelo de cada máquina, detalla un comunicado.
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Según la resolución número 061- 22 de fecha 14 de febrero, advierten que quienes no se acojan a dicha medida, serán sancionados con la clausura y suspensión por tiempo indefinido de la realización de sorteos, así como el cierre de sus locales. También les serán revocadas sus licencias para sus operaciones, sin perjuicio de sanciones pecuniarias por el incumplimiento en las citadas normas.
Tabar indicó que por esa vía el Estado tendrá mejores mecanismos de controles y mayores ingresos. Y remarcó que los mismos privados critican que hay muchas bancas ilegales. Por caso, Fenabanca aseguró que solo el año pasado se crearon más de 6.000 bancas que operan de manera ilegal.
Detalles del plan de regulación de bancas de lotería
De acuerdo con el artículo segundo de la resolución número 061- 22, los propietarios de establecimientos afiliados a la Federación Nacional de Bancas de Lotería (Fenabanca), las concesionarias de loterías electrónicas y las bancas de lotería independientes y sin afiliación que deseen acogerse al plan deberán comprometerse -mediante documento escrito y formal- a presentar en esos 120 días un listado de todas las bancas de lotería de su propiedad independientemente de su estatus legal.
Además, se precisó que las declaraciones falsas que se hagan de las bancas o que no contengan la totalidad de los establecimientos indicados de la persona física o jurídica que realiza la declaración se considerarán una falta grave. Y esta afectará por igual al conjunto de establecimientos que pertenecen a dicho concesionario, consorcio o asociado y que carezcan de la licencia o permiso de operación.
El documento indica que las referidas faltas podrían dar lugar a la clausura de la totalidad de las bancas propiedad del declarante, incluyendo las que constan del permiso previamente otorgado.
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La resolución ministerial ordena a cada persona física o jurídica “que preste servicios de desarrollo, diseño, mantenimiento, actualización, operación o comercialización de sorteos de terminales de quiniela o cualquier otro juego de azar, a completar un registro para su acreditación ante el Ministerio de Hacienda”, en el párrafo II del artículo cuarto.
En su artículo tercero, obliga a los establecimientos a interconectarse con el sistema de control, supervisión, monitoreo y autenticación de las operaciones de bancas de loterías del Ministerio de Hacienda y sus dependencias.
También establece que todos los softwares y programas informáticos utilizados en terminales móviles o fijo por los establecimientos de las bancas de lotería y de los concesionarios de loterías electrónicas deberán contar con los derechos de autor y propiedad intelectual con las licencias correspondientes de los titulares de esos derechos.
No más loterías por dos años
Mediante esta resolución, se autoriza al director provisional de Casinos y Juegos de Azar del Ministerio de Hacienda, mientras dure el período de regularización, a concertar un acuerdo de colaboración con el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL). Esto con el fin de regular y establecer mecanismos de control de las operaciones de ventas mediante dispositivos móviles.
Se instruye, además, a la Lotería Nacional, como dependencia de Hacienda, a llegar a acuerdos por escrito relativos a la cantidad de billetes o productos de la Lotería Nacional que deban ser comercializados por los propietarios de bancas de lotería y concesionarios de loterías electrónicas.
Asimismo, se definió que la Lotería Nacional establecerá cuotas de contribución mensuales. Esto a fin de que permitan cubrir el costo de los sorteos que diariamente efectúa la institución con los propietarios de bancas de lotería y concesionarios de loterías electrónicas que utilizan los sorteos de dicha institución en sus actividades comerciales.
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Una vez cumplido el plazo de los 120 días, quedará prohibida por dos años la emisión de nuevos permisos o licencias para nuevas bancas de loterías y concesión de loterías electrónicas por parte del Ministerio de Hacienda.