Críticas al proyecto para modificar la Ley de Juego en España

Elena Castillo, diputada por el Grupo Parlamentario Popular.
Elena Castillo, diputada por el Grupo Parlamentario Popular.

El proyecto, aprobado en Diputados, fue remitido al Senado, donde seguirá el procedimiento de debate en ponencia, comisión y Pleno.

España.- El Proyecto de Ley 13/2011 por el que se modifica la Ley de Regulación del Juego, aprobado la semana pasada en Diputados, no tardó en despertar críticas por parte de ciertos grupos.

“El Ejecutivo destina este año Є55m para promocionar el juego público mientras tan solo destina algo más de Є2m para prevenir el juego problemático”, disparó Elena Castillo, diputada por el Grupo Parlamentario Popular. Fue durante su intervención en el debate en el Pleno.

La legisladora cuestionó que “el Gobierno de Sánchez siempre encontrará al PP en la defensa de los más vulnerables y en el apoyo a jugadores o potenciales jugadores y sus familias”. Por ello, resaltó que rechaza el dictamen de la ley, ya que el Gobierno ha transformado “una norma incompleta pero positiva en una chapuza legislativa más

Castillo acusó al PSOE y a Unidas Podemos de utilizar una técnica legislativa perversa: “Esta modificación legislativa es un nuevo engaño”. Cuestionó que estos grupos “han introducido por la puerta de atrás cinco enmiendas que nada tienen que ver con la regulación del juego”

“La reforma que realizó el Gobierno sobre el régimen sancionador de consumo dejó desprotegidos a los consumidores, invadió las competencias autonómicas dañando a las CC.AA. y a las asociaciones de consumidores, y le obligó a abrir comisiones bilaterales con Galicia y Cataluña”, sostuvo.

La propuesta del Grupo Parlamentario Popular

A su vez, Castillo defendió la enmienda del PP para que la ley contemple, en el plazo de tres meses, un plan nacional de actuación en el sector del juego que fije criterios homogéneos para el territorio nacional en la prevención y defensa de los consumidores y usuarios en el sector del juego, tanto el privado como el público, y en cuestión de competencia y publicidad

“No es normal que el juego privado limite su actividad de publicidad en aras de la prevención, y el juego público cuente con canales de difusión como redes sociales, radio, prensa deportiva… sin regirse por los mismos principios”, sostuvo

Remarcó que la propuesta del PP respeta al marco competencial de cada una de las Administraciones, y de forma dialogada y consensuada con ellas. A su vez, destacó que lo que pide el PP es lo que el propio Ejecutivo reflejó en el Real Decreto 495/2020 por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Consumo

También reprochó al Gobierno que ponga excusas vacías para no apoyar la iniciativa del PP. “Lo que no se puede ni se debe hacer es querer recaudar más diciendo arbitrariamente cuándo y a quien sancionar invadiendo competencias de las Comunidades Autónomas”

“Si algo ha quedado claro para una amplia mayoría de españoles es que a Garzón le tocó la lotería sin jugarla, ya que su Ministerio gasta pero no produce”, ironizó en su discurso.

Status parlamentario

La iniciativa de reforma tuvo su punto de arranque en el inicio de este año. En marzo pasado, en una extensa comparecencia ante la Comisión de Sanidad y Consumo en el Congreso de los Diputados, Rafael Escudero AldaySecretario General de Consumo y Juego, hizo referencia a la industria del juego, especialmente al juego online, un sector en constante crecimiento. Y fue entonces que anunció que la Ley del Juego será sometida a modificaciones para acompañar su evolución. 

Ahora, el proyecto de ley fue remitido al Senado. Allí seguirá el procedimiento de debate en ponencia, comisión y Pleno. La Cámara Alta podrá aprobar el texto en sus términos, presentar enmiendas o proponer un veto.

En el caso de los dos últimos supuestos, la iniciativa regresará al Congreso de los Diputados para la celebración de un último debate antes de su aprobación definitiva. Si no se modifica el texto que envíe el Congreso, una vez aprobado por el Senado será publicado en el Boletín Oficial del Estado para entrar en vigor en los plazos previstos por la propia ley.

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