Un proyecto de ley apunta a regular la publicidad del juego online en Argentina

El texto establece que la publicidad del juego en línea o virtual será limitada en televisión, radio y plataformas.
El texto establece que la publicidad del juego en línea o virtual será limitada en televisión, radio y plataformas.

La iniciativa fue presentada esta semana por la diputada Marcela Campagnoli.

Argentina.- En la previa de las PASO, de cara a las elecciones presidenciales y legislativas de octubre en Argentina, un nuevo proyecto de ley fue presentada ante la Cámara de Diputados centrado en la actividad de los juegos de azar.

La diputada nacional Marcela Campagnoli (Coalición Cívica ARI-Cambiemos) presentó un proyecto de ley para restringir la publicidad de juegos de azar online. «La ludopatía es una de las adicciones que más se ha incrementado en jóvenes, adultos y sectores mas vulnerables luego de la pandemia», señala la parlamentaria en su cuenta de Twitter.

La iniciativa tiene como objetivo “prevenir el juego patológico en línea o virtual en el ámbito de la República Argentina y evitar las consecuencias perjudiciales a nivel individual, familiar y social que el mismo provoca”.

A su vez, el texto establece que la publicidad del juego en línea o virtual será limitada en televisión, radio y plataformas de contenido de medios, vivo o grabado, que se puedan ver en computadoras o teléfonos celulares a través de internet, páginas web, redes sociales y aplicaciones o apps, incluyendo prensa en línea, exclusivamente a la franja horaria de una a cinco de la madrugada. “Los contenidos serán neutros y no podrán apelar o incitar directamente al usuario”, remarca.

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Además, el proyecto prohíbe toda publicidad que esté orientada a menores de 18 años; en la que participen deportistas, personajes famosos, figuras de relevancia pública; en la que asocie el juego de apuesta al éxito personal, social o profesional, o se compare el juego con el trabajo, el estudio o el esfuerzo; en la que se difundan expectativas falsas o engañosas sobre las posibilidades de ganar; entre otras

Por otro lado, el proyecto también contempla un capítulo centrado en el juego responsable. En esa línea, precisa que la comercialización debe cumplir con las siguientes exigencias:

  • Proporcionar al usuario apostador información precisa y completa respecto del tipo de juego, reglas, probabilidad de obtener premio, y demás información relacionada a la operatoria del juego.
  • Disponer de un perfil de juego que permita al apostador acceder de forma sencilla a su historial de juego y su comportamiento
  • Disponer de una indicación visible de la herramienta de asistencia a personas afectadas por el juego patológico.
  • Establecer un mecanismo automático para que las sesiones de juego cierren, conforme los límites establecidos por la autoridad.
  • Establecer un sistema de alerta sobre el tiempo y dinero apostado que indiquen al apostador cuando esté cerca de alcanzar los límites establecidos en su cuenta de usuario;
  • Disponer de un procedimiento para verificar la identidad y edad del apostador y un canal de elección del jugador para comprobar su identidad mediante un doble factor o la tecnología que en el futuro lo reemplace.

En tanto, en materia de medios de pago, el proyecto determina como único medio de pago las tarjetas de débito emitidas por entidades bancarias. «Prohíbase los medios de pagos asociados a cuentas abiertas a solicitud para la acreditación de prestaciones de ayuda social provenientes de programas, entidades o servicios de la Nación, de esta o de otras jurisdicciones», establece.

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