Restricciones a la publicidad del juego en España: el Ministerio de Consumo insiste en convertir en ley los artículos anulados por el Supremo
El secretario general de Consumo y Juego dijo que recuperar las restricciones del juego online es una “actuación imprescindible”.
España.- A más de un año de la sentencia del Tribunal Supremo que anuló varios artículos relacionados con la restricción a la publicidad del juego online que habían sido establecidos en el Real Decreto 958/2020, desde el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 enfatizaron que esperan poder dotar “pronto” de rango de ley dichos artículos.
El secretario general de Consumo y Juego, Andrés Barragán, compareció ante la Comisión de Derechos Sociales y Consumo del Congreso de los Diputados para informar sobre las líneas generales de la política de su Departamento y para explicar sus objetivos, prioridades y líneas estratégicas de trabajo tras su nombramiento.
Allí, dijo que “continúa trabajando” para recuperar, ahora con rango legal, los artículos del Real Decreto sobre comunicaciones comerciales de las actividades de juego, anulados por el Tribunal Supremo en abril de 2024.
Barragán subrayó que la recuperación de esos artículos es “una actuación imprescindible” y recordó que su inclusión se está tramitando actualmente en la Cámara Baja mediante enmiendas al proyecto de Ley de Servicios de Atención a la Clientela.

“Tenemos pendiente y en tramitación en esta cámara el recuperar esos artículos del Real Decreto que, por sentencia del Supremo, se ha establecido que deben tener al menos un rango de ley y es una actuación imprescindible”, remarcó el funcionario y reivindicó el “consenso político” que hay en las Cortes respecto al “diagnóstico claro de los posibles problemas de adicción que genera la ludopatía, particularmente en aquellos más jóvenes; de aquellas estrategias publicitarias que van dirigidas, como los bonos de bienvenida, a los más jóvenes”. Barragán juzgó “una buena noticia” que haya ese consenso “por legislar y por prohibir estas prácticas” y dijo “confiar” en que “próximamente se aprueben”.
En este contexto, también hizo referencia a la incorporación de una medida dentro de estas enmiendas, en referencia a “algo que parece básico”, como es el hecho de que, “cuando tú apuestas en un juego online, la tarjeta de crédito con la que estás jugando sea tu tarjeta de crédito” y enfatizó: “Parece una obviedad pero es una de las principales vías por las que nos estamos encontrando que hay posibles usos de identidades alternativas y esto también lo queremos prohibir”.
Y agregó que de esa manera se va a garantizar que, a quienes tengan una restricción autoimpuesta o porque son menores de edad y que encuentren estas vías para jugar con tarjetas de crédito a nombre de otra persona se les impida apostar. En ese sentido, confía que esta ley “se apruebe pronto”.
Sentencia del Tribunal Supremo
En su sentencia de 2024, el Tribunal Supremo de Justicia anuló varios artículos del Real Decreto 958/2020, del 3 de noviembre, de comunicaciones comerciales de las actividades de juego al entender que estas limitaciones o prohibiciones carecen de previsión legal.
Se trata del artículo 13, relacionado con las promociones para captar nuevos clientes; el 15, que afecta a la limitación de la aparición de famosos; el 23, sobre la prohibición de anunciar estas apuestas en “servicios de la sociedad de la información” (como páginas webs), el artículo 25, que tienen que ver con la publicidad en plataformas de vídeo y el artículo 26, que se refiere a las comunicaciones comerciales de operadores de juego en redes sociales con perfil de usuario.