La Provincia de Buenos Aires extendió por 15 años las licencias de bingos y tragamonedas

La medida fue oficializada mediante la  la Resolución 1415/2022.
La medida fue oficializada mediante la la Resolución 1415/2022.

El Instituto Provincial de Lotería y Casinos aprobó el régimen de otorgamiento y renovación de licencias de explotación de juegos de azar.

Argentina.- El Instituto Provincial de Lotería y Casinos, encabezado por Omar Guarralde, aprobó el régimen para el otorgamiento y renovación de licencias de explotación de juegos de azar, bajo las modalidades lotería familiar, lotería familiar gigante, bingo y máquinas electrónicas de juegos de azar.

La medida fue oficializada mediante la Resolución 1415/2022, promulgada el pasado martes 9 de agosto y publicada en el Boletín Oficial el viernes 12 de este mes.

Esto se da luego que, durante la pandemia y por el contexto de emergencia sanitaria las licencias de explotación de juegos de azar con vencimiento en 2020 y 2021 fueran prorrogadas por un año. Ahora, en tanto, se procedió a un proceso de renovación por el plazo de 15 años.

De acuerdo a lo establecido en el texto, el Instituto Provincial de Lotería y Casinos convocará por medios fehacientes, a todos los titulares de autorizaciones para la explotación de los juegos de azar, así como a los terceros contratantes, a fin de que manifiesten su voluntad de adherir al régimen, quedando reservada a este Instituto la facultad de establecer la admisibilidad de la adhesión formulada.

Los titulares de las referidas autorizaciones y los terceros contratantes podrán manifestar su voluntad de adhesión, dentro de los 10 días hábiles administrativos de la notificación fehaciente de los instrumentos que aprueben el presente régimen

Asimismo, se precisó que las entidades de bien público autorizadas que hubieran adherido al presente régimen, deberán acreditar dentro de los 20 días corridos de la manifestación de voluntad, la totalidad de los documentos que demuestren su capacidad para explotar juegos de azar.

Se definió que la entidad de bien público autorizada acreditará que la personería jurídica otorgada por la Provincia de Buenos Aires se encuentra vigente y que mantiene el domicilio real en el partido donde funcione la sala en explotación. Asimismo, deberá también presentar un plan de inversión detallado, en el que aplicará los ingresos que perciba por la explotación de la sala de juego y acreditar, asimismo, la utilidad social de los servicios prestados.

Actualmente, según la reglamentación vigente, hay 45 salas de bingos explotadas por entidades de bien público o de terceros en 32 distritos de la provincia de Buenos Aires y once casinos.

Del total de la recaudación de cada sala de juegos de azar bonaerense, la ley establece que el 4 por ciento es destinado al municipio en cuya jurisdicción esté ubicada la sala de juego, el 2 por ciento al Ministerio de Acción Social de la Provincia de Buenos Aires, el 5 por ciento a favor de las municipalidades de la Provincia que no cuentan con Salas habilitadas, 3 por ciento para el Instituto Provincial de Lotería y Casinos, 1 por ciento para gastos de equipamiento de la Policía Bonaerense y 6 por ciento para el Fondo Provincial de Educación.

Como novedad, frente a los “daños” en la recaudación por los años de pandemia, el Instituto de Lotería implementó un cargo fijo no reembolsable proporcional a la recaudación de cada sala, dividido en dos conceptos: el Cargo Fijo Extraordinario (CFE) y el Cargo Fijo Accesorio (CFA) que deberán abonar las salas.

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