La Justicia europea abre la puerta a responsabilizar a Google por anuncios de apuestas ilegales en YouTube

La Justicia europea abre la puerta a responsabilizar a Google por anuncios de apuestas ilegales en YouTube

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea sostuvo que la plataforma puede perder su condición de mero intermediario cuando mantiene acuerdos comerciales con creadores de contenido, en un fallo que podría extenderse a otras redes sociales.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) determinó que Google puede ser considerada legalmente responsable por videos publicados en YouTube que promocionen juegos de azar ilegales cuando la empresa mantiene un acuerdo comercial con el creador del contenido y comparte con él los ingresos publicitarios.

El pronunciamiento responde a una consulta realizada por la Justicia italiana en el marco de una disputa entre Google y la Autoridad para las Garantías en las Comunicaciones (AGCOM), que en 2022 impuso una multa de EUR750.000 a la compañía por la difusión de videos que promocionaban juegos de azar online prohibidos en Italia.

Google recurrió la sanción argumentando que actuaba únicamente como proveedor de alojamiento de datos y que la normativa europea sobre comercio electrónico la eximía de responsabilidad por los contenidos publicados por terceros. Sin embargo, el TJUE aclaró que esa protección solo se aplica cuando la plataforma desempeña un papel «estrictamente técnico, automatizado y pasivo», sin tener conocimiento ni control sobre la información alojada.

Según el tribunal, esa condición deja de cumplirse cuando la plataforma analiza un canal para suscribir un acuerdo de asociación comercial con su creador. En ese proceso, Google debe revisar la temática del canal, sus videos más vistos, las publicaciones recientes y otros metadatos, lo que le proporciona un conocimiento concreto sobre el contenido difundido.

El fallo no declara automáticamente responsable a Google, sino que devuelve el caso a la Justicia italiana, que deberá determinar si, a partir de esa relación comercial, la empresa podía razonablemente conocer que el canal promocionaba actividades de juego prohibidas por la legislación italiana.

No obstante, la interpretación del TJUE establece un criterio que podría tener un alcance mucho mayor. La decisión sugiere que las plataformas digitales que celebren acuerdos comerciales con creadores de contenido podrían perder la exención de responsabilidad prevista para los intermediarios cuando tengan un conocimiento suficiente de la actividad desarrollada en esos canales.

El criterio también podría impactar sobre otras empresas de redes sociales. En los últimos años, las grandes plataformas tecnológicas han invocado las exenciones de responsabilidad para rechazar sanciones relacionadas con contenidos generados por usuarios. De hecho, la propia AGCOM también sancionó anteriormente a X por la difusión de publicidad vinculada a juegos de azar.

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