La DGOJ va a impulsar un proyecto para restablecer artículos anulados por el Supremo en relación a la publicidad del juego

Desde la DGOJ destacaron que el decreto sigue vigente en gran medida.
Desde la DGOJ destacaron que el decreto sigue vigente en gran medida.

Lo anunció el director general de Ordenación del Juego, Mikel Arana.

España.- La industria del juego española sigue revolucionada luego de que el Tribunal Supremo anulara una serie de artículos del polémico Real Decreto 958/2020, en relación a la publicidad. El director general de Ordenación del Juego, Mikel Arana, brindó una extensa entrevista al diario local El País, donde anunció que desde su cartera trabajan en un nuevo paquete de medidas que incorpore los elementos anulados por la sentencia, otorgándoles el rango de ley necesario para su efectividad.

Respecto al fallo, Arana declaró: «Es importante transmitir un mensaje de calma. Aunque la sentencia del Tribunal Supremo ha invalidado algunos elementos del decreto, es crucial entender que el mercado de la publicidad en línea no volverá a ser lo que era«. 

En ese sentido, el funcionario destacó en la entrevista que el decreto sigue vigente en gran medida, limitando la publicidad audiovisual del juego en línea a la franja horaria de una a cinco de la madrugada y manteniendo la prohibición de los patrocinios deportivos.

Sin embargo, el director de la DGOJ expresó su preocupación por los aspectos anulados por la sentencia, como la limitación de promociones para nuevos jugadores y la prohibición de anuncios de influencers relacionados con el juego en línea. «Estamos muy preocupados porque estos elementos afectan particularmente a los jóvenes. En el ministerio estamos decididos a revertir esta situación y fortalecer las protecciones existentes«, señaló a El País.

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En relación con las cajas botín dirigidas al público infantil y juvenil, Arana afirmó: «Nuestro objetivo es regularlas con un proyecto de ley para mitigar los riesgos asociados«. Además, el Gobierno tiene previsto abrir un debate para coordinar medidas a nivel nacional respecto a las casas de apuestas presenciales, aunque estas son competencia de las comunidades autónomas.

Preguntado por los otros dos recursos que faltan por resolver, indica: «Hay tres recursos (JDigital, La Liga y la Asociación de Medios de Información) y, aunque los dos últimos siguen pendientes, los elementos en los que incidían eran bastante similares. El recurso de La Liga tenía algún elemento relacionado con el juego presencial, pero esa es una cuestión que corresponde a las comunidades».

En la entrevista, también le consultaron a Arana sobre la «coordinación de la limitación de las casas de apuestas presenciales», a lo que respondió: «Como responsables del Consejo de políticas de juego, tenemos previsto abrir un debate en ese ámbito, sabiendo que cada una de las comunidades autónomas es absolutamente responsable de este tipo de medidas en sus leyes autonómicas, para que hagan una reflexión en torno cuáles son las medidas que tienen previsto impulsar si no las han impulsado ya».

Sentencia del Tribunal Supremo

En su sentencia de la pasada semana, el Tribunal Supremo de Justicia anuló varios artículos del Real Decreto 958/2020, del 3 de noviembre, de comunicaciones comerciales de las actividades de juego al entender que estas limitaciones o prohibiciones carecen de previsión legal.

Se trata del artículo 13, relacionado con las promociones para captar nuevos clientes; el 15, que afecta a la limitación de la aparición de famosos; el 23, sobre la prohibición de anunciar estas apuestas en “servicios de la sociedad de la información” (como páginas webs), el artículo 25, que tienen que ver con la publicidad en plataformas de vídeo y el artículo 26, que se refiere a las comunicaciones comerciales de operadores de juego en redes sociales con perfil de usuario.

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dgoj España