Fallo en Chile: confirman una multa a Chilevisión por publicidad de apuestas en horario de protección al menor
La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó la multa de 20 UTM impuesta por el Consejo Nacional de Televisión.
Chile.- En un fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de deducido por Chilevisión en contra de la resolución, adoptada por el Consejo Nacional de Televisión (CNTV), que le aplicó una multa de 20 UTM por exhibir publicidad de sitios web de juegos de azar en horario de protección al menor.
Cabe recordar que el CNTV resolvió, en primera instancia, que la emisión de ese contenido vulneraba la legislación chilena, al tratarse de material dirigido a adultos que podría afectar el desarrollo físico y mental de niños y adolescentes.
El conflicto se originó en marzo de 2024, cuando el ente fiscalizador decidió formular cargos contra la Universidad de Chile y Red de Televisión Chilevisión S.A., “por supuesta infracción al correcto funcionamiento de los servicios de televisión, contenido en el artículo 1° de la Ley N° 18.838″.
En el caso de Chilevisión, las denuncias apuntan contra transmisiones realizadas los días 8 de septiembre, 12 de octubre y 17 de octubre, en las que se pusieron al aire publicidades de casas de apuestas deportivas. A raíz de ese hecho, el CNTV decidió sancionar a ambos concesionarios con una multa de 20 UTM (Unidad Tributaria Mensual), por infringir las normas que regulan el funcionamiento de los servicios de televisión.
Por su parte, ambos concesionarios argumentaron que, si bien el contenido estaba orientado a un público adulto, eso no implicaba necesariamente una vulneración de las normas ni que fuera inapropiado para menores. Además, cuestionaron la interpretación del CNTV sobre los juegos de azar, asegurando que las apuestas deportivas no se ajustan necesariamente a esa definición.
Desde el Poder Judicial chileno explicaron que la Novena Sala del Tribunal de Alzada —integrada por los ministros Antonio Ulloa, José Pablo Rodríguez y el abogado Jorge Gómez— descartó el error al considerar las apuestas deportivas promocionadas como juegos de azar.
Recientemente, la Corte de Apelaciones de Santiago también desestimó el recurso presentado por la empresa DirecTV contra la resolución del CNTV que le impuso una multa de 20 UTM por emitir publicidad de sitios web de juegos de azar en horario de protección al menor.
Desde el Poder Judicial chileno explicaron que la Séptima Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros José Pablo Rodríguez, Tomás Gray y la abogada Magaly Correa– estableció que la CNTV actuó en función de sus atribuciones y facultades de supervigilancia y fiscalización del contenido de las emisiones televisivas.