Entran en vigencia las nuevas pautas para la publicidad de apuestas online en Argentina

Entran en vigencia las nuevas pautas para la publicidad de apuestas online en Argentina

Toda publicidad sobre apuestas deberá incluir advertencias visibles sobre los riesgos del juego compulsivo.

Argentina.- Este miércoles 3 de diciembre entró en vigencia la Resolución 446/2025, elaborada por la Secretaría de Industria y Comercio, que establece un nuevo régimen de publicidad comercial con el objetivo de “simplificar los mensajes y asegurar que los consumidores comprendan completamente las características, beneficios y riesgos de los productos y servicios”. 

La norma, firmada por el secretario de Coordinación de Producción, Pablo Agustín Lavigne, el pasado miércoles 29 de octubre, deroga la Resolución 12/2024, y, entre otros puntos, introduce por primera vez un marco general a nivel nacional para la publicidad de juegos y apuestas online, en un contexto donde hasta ahora existían regulaciones parciales en algunas provincias.

Toda publicidad de apuestas deberá incluir advertencias visibles sobre los riesgos del juego compulsivo, orientadas especialmente a proteger a niños, niñas y adolescentes. Los avisos publicitarios, incluyendo los realizados por influencers o figuras similares, deberán incluir de forma continua dos leyendas obligatorias: “EL JUGAR COMPULSIVAMENTE ES PERJUDICIAL PARA LA SALUD” y la leyenda “+18”. El objetivo es promover el juego responsable y proteger a menores.

La advertencia establecida deberá ser proporcionada dentro del espacio destinado a la pieza publicitaria, ocupando al pie de la misma, la totalidad de su espacio horizontal, y con una altura igual o mayor al 10 por ciento de la altura total del anuncio. Los caracteres tipográficos de la leyenda deberán ser claramente visibles, en negrita, exhibirse en sentido horizontal y con contraste de colores que permitan su clara visualización.

La permanencia de la advertencia y leyenda deberá ser continuada durante todo el tiempo en que sea emitido el anuncio, ya sea en pantalla televisiva, en medios digitales o de cualquier otro formato, medio o plataforma de difusión. En el caso de que una persona haga mención a juegos y apuestas online, la permanencia de la advertencia y leyenda deberá ser continuada durante todo el tiempo que se esté haciendo alusión a la modalidad de participación y/o acceso a los sitios de juegos y apuestas. En publicidades emitidas por medios radiales, la leyenda y advertencia deberá estar al finalizar el anuncio, debiendo ser locutada en forma clara, sin música de fondo, audible y comprensible, no pudiendo ser la misma más veloz, en comparación con el texto locutado en el cuerpo principal del anuncio.

Además, se crea un canal oficial de reportes para denunciar a influencers o figuras públicas que promocionen sitios de apuestas sin cumplir con las advertencias obligatorias o con la normativa de lealtad comercial. La autoridad de aplicación recibirá estas denuncias a través del portal oficial.

El incumplimiento de las disposiciones será sancionado de acuerdo con la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor y el Decreto 274/2019 de Lealtad Comercial.

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