El Municipio de Franca aprueba una política de prevención de apuestas online
El proyecto, votado con 13 votos a favor, crea acciones educativas centradas en educación financiera y salud mental frente a los riesgos del juego.
Brasil.- Con 13 votos a favor, el Ayuntamiento de Franca aprobó el proyecto de ley que crea la Política Municipal de Educación, Prevención y Sensibilización sobre los Riesgos de las Apuestas de Cuotas Fijas, los Juegos Electrónicos y los Juegos en Línea, en una sesión realizada el martes 15.
La iniciativa, impulsada por el concejal Marcelo Tidy, pone el foco en acciones de tipo educativo y preventivo vinculadas a la educación financiera, la promoción de la salud y la sensibilización frente a los riesgos sociales, económicos y familiares que puede traer el uso abusivo o indiscriminado de apuestas y juegos de azar.
Entre sus objetivos figuran prevenir la adicción conductual al juego y la ludopatía, combatir el sobreendeudamiento y fomentar tanto la planificación financiera familiar como el consumo responsable. La política incluye además difundir información sobre cómo el juego afecta la salud mental, los vínculos familiares y el desempeño académico y laboral.
Para llevar adelante estos objetivos, la norma propone campañas educativas, charlas, seminarios, debates, talleres, la producción de material informativo y actividades específicas en el ámbito escolar, así como la difusión de servicios públicos de orientación y asistencia para quienes enfrentan problemas relacionados con el juego.
El proyecto también da origen a la Semana Municipal de Sensibilización sobre los Riesgos del Juego Online, un evento de carácter anual que se realizará preferentemente durante la primera semana de septiembre y que podrá abordar ejes como educación financiera, prevención del endeudamiento, salud mental, ludopatía y protección de niños, niñas y adolescentes en entornos digitales.
Antes de votar el proyecto principal, el cuerpo legislativo aprobó también, con el mismo número de votos, la Enmienda N° 31/2026, que eliminó los artículos 7 y 9 del texto original y renumeró el resto de las disposiciones. El artículo 7 habilitaba mecanismos de cooperación con instituciones públicas y privadas, mientras que el 9 condicionaba la ejecución de las acciones previstas a la disponibilidad administrativa, financiera y presupuestaria del municipio.