Argentina fija nuevas pautas para la publicidad de apuestas online
Toda publicidad sobre apuestas deberá incluir advertencias visibles sobre los riesgos del juego compulsivo.
Argentina.- La Secretaría de Industria y Comercio, a través de un decreto publicado por el Ministerio de Economía en el Boletín Oficial, aprobó un nuevo régimen de publicidad comercial con el objetivo de “simplificar los mensajes y asegurar que los consumidores comprendan completamente las características, beneficios y riesgos de los productos y servicios”.
La Resolución 446/2025, firmada por el secretario de Coordinación de Producción, Pablo Agustín Lavigne, deroga la Resolución 12/2024 y establece que toda publicidad que implique una oferta deberá incluir una referencia visible a una página web o línea gratuita donde los consumidores puedan acceder a la información completa sobre vigencia, condiciones, domicilio y CUIT del oferente.
“Simplificar los mensajes asegura que los consumidores comprendan completamente las características, beneficios y riesgos de los productos y servicios”, destaca la resolución, que argumenta que el exceso de datos técnicos o legales en anuncios breves puede inducir al error o confusión.
La norma introduce por primera vez un marco general a nivel nacional para la publicidad de juegos y apuestas online, en un contexto donde hasta ahora existían regulaciones parciales en algunas provincias.
Toda publicidad de apuestas deberá incluir advertencias visibles sobre los riesgos del juego compulsivo, orientadas especialmente a proteger a niños, niñas y adolescentes. Los avisos publicitarios, incluyendo los realizados por influencers o figuras similares, deberán incluir de forma continua dos leyendas obligatorias: “EL JUGAR COMPULSIVAMENTE ES PERJUDICIAL PARA LA SALUD” y la leyenda “+18”. El objetivo es promover el juego responsable y proteger a menores.
La advertencia establecida deberá ser proporcionada dentro del espacio destinado a la pieza publicitaria, ocupando al pie de la misma, la totalidad de su espacio horizontal, y con una altura igual o mayor al 10 por ciento de la altura total del anuncio. Los caracteres tipográficos de la leyenda deberán ser claramente visibles, en negrita, exhibirse en sentido horizontal y con contraste de colores que permitan su clara visualización.
La permanencia de la advertencia y leyenda deberá ser continuada durante todo el tiempo en que sea emitido el anuncio, ya sea en pantalla televisiva, en medios digitales o de cualquier otro formato, medio o plataforma de difusión. En el caso de que una persona haga mención a juegos y apuestas en línea, la permanencia de la advertencia y leyenda deberá ser continuada durante todo el tiempo que se esté haciendo alusión a la modalidad de participación y/o acceso a los sitios de juegos y apuestas. En publicidades emitidas por medios radiales, la leyenda y advertencia deberá estar al finalizar el anuncio, debiendo ser locutada en forma clara, sin música de fondo, audible y comprensible, no pudiendo ser la misma más veloz, en comparación con el texto locutado en el cuerpo principal del anuncio.
Además, se crea un canal oficial de reportes para denunciar a influencers o figuras públicas que promocionen sitios de apuestas sin cumplir con las advertencias obligatorias o con la normativa de lealtad comercial. La autoridad de aplicación recibirá estas denuncias a través del portal oficial.
El incumplimiento de las disposiciones será sancionado de acuerdo con la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor y el Decreto 274/2019 de Lealtad Comercial. La norma entrará en vigencia 30 días después de su publicación en el Boletín Oficial, es decir, el 3 de diciembre de 2025.