Argentina fija nuevas pautas para la publicidad de apuestas online

Argentina fija nuevas pautas para la publicidad de apuestas online

Toda publicidad sobre apuestas deberá incluir advertencias visibles sobre los riesgos del juego compulsivo.

Argentina.- La Secretaría de Industria y Comercio, a través de un decreto publicado por el Ministerio de Economía en el Boletín Oficial, aprobó un nuevo régimen de publicidad comercial con el objetivo de “simplificar los mensajes y asegurar que los consumidores comprendan completamente las características, beneficios y riesgos de los productos y servicios”.

La Resolución 446/2025, firmada por el secretario de Coordinación de Producción, Pablo Agustín Lavigne, deroga la Resolución 12/2024 y establece que toda publicidad que implique una oferta deberá incluir una referencia visible a una página web o línea gratuita donde los consumidores puedan acceder a la información completa sobre vigencia, condiciones, domicilio y CUIT del oferente. 

“Simplificar los mensajes asegura que los consumidores comprendan completamente las características, beneficios y riesgos de los productos y servicios”, destaca la resolución, que argumenta que el exceso de datos técnicos o legales en anuncios breves puede inducir al error o confusión.

La norma introduce por primera vez un marco general a nivel nacional para la publicidad de juegos y apuestas online, en un contexto donde hasta ahora existían regulaciones parciales en algunas provincias.

Toda publicidad de apuestas deberá incluir advertencias visibles sobre los riesgos del juego compulsivo, orientadas especialmente a proteger a niños, niñas y adolescentes. Los avisos publicitarios, incluyendo los realizados por influencers o figuras similares, deberán incluir de forma continua dos leyendas obligatorias: “EL JUGAR COMPULSIVAMENTE ES PERJUDICIAL PARA LA SALUD” y la leyenda “+18”. El objetivo es promover el juego responsable y proteger a menores.

La advertencia establecida deberá ser proporcionada dentro del espacio destinado a la pieza publicitaria, ocupando al pie de la misma, la totalidad de su espacio horizontal, y con una altura igual o mayor al 10 por ciento de la altura total del anuncio. Los caracteres tipográficos de la leyenda deberán ser claramente visibles, en negrita, exhibirse en sentido horizontal y con contraste de colores que permitan su clara visualización.

La permanencia de la advertencia y leyenda deberá ser continuada durante todo el tiempo en que sea emitido el anuncio, ya sea en pantalla televisiva, en medios digitales o de cualquier otro formato, medio o plataforma de difusión. En el caso de que una persona haga mención a juegos y apuestas en línea, la permanencia de la advertencia y leyenda deberá ser continuada durante todo el tiempo que se esté haciendo alusión a la modalidad de participación y/o acceso a los sitios de juegos y apuestas. En publicidades emitidas por medios radiales, la leyenda y advertencia deberá estar al finalizar el anuncio, debiendo ser locutada en forma clara, sin música de fondo, audible y comprensible, no pudiendo ser la misma más veloz, en comparación con el texto locutado en el cuerpo principal del anuncio.

Además, se crea un canal oficial de reportes para denunciar a influencers o figuras públicas que promocionen sitios de apuestas sin cumplir con las advertencias obligatorias o con la normativa de lealtad comercial. La autoridad de aplicación recibirá estas denuncias a través del portal oficial.

El incumplimiento de las disposiciones será sancionado de acuerdo con la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor y el Decreto 274/2019 de Lealtad Comercial. La norma entrará en vigencia 30 días después de su publicación en el Boletín Oficial, es decir, el 3 de diciembre de 2025. 

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