El STF de Brasil declara inconstitucional dos normativas claves para las loterías estatales
El permitirá que una empresa funcione en más de un municipio y se liberará la publicidad para estas firmas.
Brasil.- El Supremo Tribunal Federal (STF) de Brasil resolvió declarar inconstitucionales las disposiciones de la ley de apuestas que limitaban la actuación de las loterías estatales, permitiendo que una misma empresa administre loterías en más de una unidad federativa y autorizando la publicidad entre estados de esas operaciones.
La decisión elimina restricciones que otorgaban prioridad absoluta al gobierno federal sobre ciertos aspectos de la explotación de loterías y anula normas que limitaban la innovación y la creación de nuevos productos por parte de los estados, lo que amplía la autonomía estatal en el diseño y operación de sus modelos de lotería.
En lo económico, el fallo abre la puerta a una mayor competencia y a la posibilidad de que las administraciones estatales incrementen ingresos mediante la expansión de su oferta de juegos, lo que podría traducirse en recursos adicionales para programas sociales y servicios públicos, pero también exige reforzar marcos de juego responsable y supervisión regulatoria para evitar externalidades negativas.
Como consecuencias prácticas inmediatas, se espera un proceso de reordenamiento del mercado, con aparición de asociaciones entre estados y operadores privados, expansión de productos y estrategias comerciales interestatales, y la necesidad de aclarar con detalle el marco regulatorio y las normas administrativas que garanticen coordinación entre niveles de gobierno y protección al consumidor.
El fallo corresponde al juicio de la Ação Direta de Inconstitucionalidade (ADI) 7640, impulsada por varios gobiernos estatales. El ministro Luiz Fux sostuvo que no es razonable que una lotería estatal no pueda operar o promocionarse fuera de su territorio y votó por anular la normativa que restringía la actuación interestatal.
La mayoría del pleno acompañó la posición del ministro, y en el fallo figuraron votos de funcionarios como Alexandre de Moraes, André Mendonça, Cármen Lúcia, Dias Toffoli, Edson Fachin, Luís Roberto Barroso y otros, aunque varias adhesiones tuvieron matices y reservas.