El TJUE avala las restricciones al juego en la Comunidad Valenciana

El TJUE avala las restricciones al juego en la Comunidad Valenciana

El tribunal europeo respaldó la potestad de la Generalitat para limitar la apertura de locales de apuestas, aunque dejó en manos del TSJ valenciano evaluar la proporcionalidad de las medidas.

España.– El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) consideró válidas las restricciones impuestas por la Generalitat Valenciana al sector del juego, al entender que la libertad de establecimiento puede limitarse por razones imperiosas de interés general como la protección de la salud pública y la prevención del juego problemático.

La sentencia responde a una cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV), que deberá ahora determinar si las medidas autonómicas cumplen los principios de idoneidad, necesidad y proporcionalidad.

La ley valenciana, aprobada en 2020, introdujo límites estrictos para la apertura de locales de apuestas, como la obligación de mantener una distancia mínima de 850 metros respecto de centros educativos y 500 metros entre establecimientos de juego, además de una moratoria de cinco años para nuevas licencias y la prohibición de renovar las máquinas tipo B en hostelería. Estas disposiciones habían sido cuestionadas por empresarios del sector por considerarlas desproporcionadas y discriminatorias frente a los operadores públicos, como la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado (SELAE) o la Organización Nacional de Ciegos Españolas (ONCE).

El TJUE, con sede en Luxemburgo, reconoció que tales restricciones efectivamente limitan la libertad de establecimiento, pero subrayó que son compatibles con el Derecho de la Unión si resultan adecuadas y no van más allá de lo necesario para alcanzar sus fines. Según el fallo, las distancias mínimas y la moratoria “buscan evitar la sobreexposición al juego y la normalización de la actividad entre los menores”, por lo que no se consideran desproporcionadas.

Asimismo, el tribunal europeo validó la decisión de aplicar los nuevos requisitos también a la renovación de licencias existentes, al estimar que una aplicación parcial podría otorgar ventajas competitivas a los operadores ya instalados.

De esta forma, el TJUE refuerza la capacidad de las comunidades autónomas para dictar políticas de control del juego dentro de su territorio, siempre que estas respondan a objetivos legítimos y se apliquen de manera coherente y no discriminatoria.

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