El Casino del Este de Mendoza bajo la lupa del Tribunal de Cuentas
El Tribunal de Cuentas mendocino cuestionó la licitación del establecimiento ubicado en San Martín y le pide respuestas al Instituto Provincial de Juegos.
Argentina.- Con gran expectativa, en la última semana del 2021, el gobierno de la provincia de Mendoza inauguró la nueva Sala de Juego de Casino de Mendoza en el Este, ubicada en el departamento de San Martín, casi dos meses después de su apertura, el Tribunal de Cuentas emitió un informe cuestionando varios puntos del proceso de licitación que ganó Fuente Mayor.
La provisión del servicio será prestada por Fuente Mayor y New Star International, tras resultar adjudicatarios en el proceso licitatorio que tuvo que enfrentar varias polémicas hasta elegir a su ganador.
Las empresas que se disputaban la licitación eran Desarrollos Maipú, Traylon y Fuente Mayor. La última, que ya tiene la concesión del casino de Tunuyán, fue la elegida para prestar el servicio integral de 900 máquinas tragamonedas con un canon retributivo mensual del 68 por ciento por el plazo de 20 años.
El Tribunal de Cuentas mendocino, que tiene como misión el control de la actividad financiera-patrimonial del Estado Provincial y Municipal, para asegurar su transparencia y prevenir actos de corrupción, le pidió a las autoridades del Instituto Provincial de Juegos y Casinos (IPJyC) que expliquen varios puntos del cuestionado proceso, caso contrario se podría configurar un procedimiento administrativo irregular.
Entra las observaciones realizadas, se marcan supuestas irregularidades con respecto a las ganancias que se llevan los privados, la falta de intervención de la Fiscalía de Estado, las imprecisiones del pliego de contratación y la ausencia de estudios técnicos que justifiquen la construcción de un hotel en el mismo predio donde se ubica la sala.
Según el organismo de control, los problemas comenzaron con la resolución 159 del IPJyC, (30 de marzo del 2021), mediante la cual se autoriza el llamado a licitación pública por un monto de casi $5.145 millones.
«No consta en el expediente de la contratación, el respaldo documental de estudios económicos y/o sociales, de turismo, etc., por los cuales se fundamente la necesidad de incorporación en los pliegos de la contratación de un proyecto de inversión», subraya la auditoría al referirse a la propuesta de la UTE de construir un hotel complementario al casino.
Uno de los puntos que el Tribunal de Cuentas considera más controversial es el referido al canon que cobra la UTE por las máquinas tragamonedas, que alcanza el 68 por ciento, el cual es un valor considerablemente superior en comparación con contrataciones anteriores en esa zona.
«El aumento del beneficio en favor del operador privado, es significativo en relación a los porcentajes de la contratación previa para la misma zona, lo que debió ser justificado mediante las correspondientes evaluaciones de precios. No surge documentación de respaldo, por la cual se justifique la relación costo – beneficio en la adjudicación de un canon del 68%, superior al previamente existente del 49,8%, y no se trate de un precio excesivo», indica la auditoría.
En otra de las observaciones detalladas en el informe figura la diferencia, calificada como significativa, entre el presupuesto oficial y el finalmente adjudicado, que superó en un 18,20 por ciento al porcentaje estimado para la contratación.
Las 10 observaciones que buscan respuestas
A – La falta de precisión en la determinación del objeto de la contratación, lo que podría, además, afectar la concurrencia, la igualdad y la competencia, ya que la amplitud del objeto, no permite una comparación más certera entre las ofertas.
B – La diferencia entre el porcentaje de canon (precio) estimado del 49,8 %, y el porcentaje de canon (precio) adjudicado del 68%, lo que podría afectar la concurrencia de oferentes.
C – La falta de intervención oportuna por parte de Fiscalía de Estado. A fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el art. 1 del Dec. 1428/18, debieron remitirse las actuaciones, previo a la emisión del acto de autorización de pliegos y llamado a licitación.
D – Falta de notificación a Fiscalía de la Resolución de Directorio Nº 382, del 21 de septiembre de 2.021.
E – La falta de pedido al oferente de mejora de oferta, ya que, si bien los porcentajes de las ofertas difieren en más del 5%, en el caso de Traylon, se ofrece un porcentaje mayor (77,17%) a los antecedentes previos de la contratación anterior ofrecido en la misma zona (49,8%). Además, si bien la oferta alternativa de la UTE fue desestimada, no puede obviarse que en la misma se cotizaba un 6% menos por el mismo servicio. La construcción o no del hotel era parte de un proyecto de inversión complementario que estaba en manos del privado. Se torna necesaria la solicitud de mejora de precios.
F – Deberán, aportar respaldo documental de los estudios económicos realizados que fundamenten las nuevas condiciones de la contratación (necesidad) con la inclusión de un proyecto de inversión.
G – Falta respaldo documental que demuestren la razonabilidad y conveniencia para el Estado del precio adjudicado. Se pasó del 49,8% al 68% de canon y no se adjunta en expediente, constancias de análisis de costo-beneficio sobre el precio convenido.
H – La falta del volante de imputación definitiva de la contratación afectando el ejercicio 2021, siendo que el contrato con el proveedor adjudicado, se encuentra firmado desde el 21/09/2021.
I – La falta de incorporación en la comisión de preadjudicación, de un especialista para la opinión técnica referido al Proyecto de Inversión que ha sido incluido en la contratación.
J – La falta de Acta de inicio de la prestación del servicio y del respectivo cronograma del inicio de la ejecución del proyecto de inversión.
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