Rio Grande do Sul pide al Supremo Tribunal Federal que rechace la demanda de la ANJL contra su ley de publicidad de apuestas

Rio Grande do Sul pide al Supremo Tribunal Federal que rechace la demanda de la ANJL contra su ley de publicidad de apuestas

El gobierno estatal sostuvo que la asociación empresaria no tiene legitimidad para promover la acción de inconstitucionalidad y defendió la competencia de los estados para imponer medidas de protección al consumidor, a la infancia y a la salud pública.

Brasil.- El Gobierno de Rio Grande do Sul presentó ante el Supremo Tribunal Federal (STF) su defensa frente a la Acción Directa de Inconstitucionalidad (ADI 7.971) impulsada por la Asociación Nacional de Juegos y Loterías (ANJL) contra la Ley N.º 16.508/2026, que restringe la publicidad de las apuestas deportivas en el estado.

La presentación, firmada por el procurador general del Estado, Eduardo Cunha da Costa, solicita en primer lugar que la causa sea archivada sin analizar el fondo del asunto. Como alternativa, pide que el STF declare plenamente constitucional la norma sancionada por el gobernador Eduardo Leite el 24 de abril de este año.

La ley, que ya se encuentra bajo análisis acelerado por decisión de la ministra Cármen Lúcia, establece una serie de limitaciones a la promoción de plataformas de apuestas. Entre ellas, exige advertencias sobre los riesgos del juego problemático y el sobreendeudamiento, prohíbe el uso de animaciones, mascotas o inteligencia artificial con atractivo para menores y restringe la publicidad audiovisual al horario comprendido entre las 21:00 y las 6:00.

Además, veta anuncios en instalaciones deportivas y en las inmediaciones de escuelas, mientras que la fiscalización queda a cargo del PROCON-RS.

La defensa estatal centra gran parte de su estrategia en cuestionar la capacidad jurídica de la ANJL para presentar una acción de este tipo ante el STF.

Según el Gobierno, la asociación no cumple con los requisitos exigidos por la jurisprudencia del tribunal para ser considerada una entidad de alcance nacional habilitada para promover acciones de control constitucional. En ese sentido, argumentó que la organización reúne a un número reducido de empresas presentes en apenas siete estados brasileños, cuando la doctrina del STF exige representación efectiva en al menos nueve unidades federativas.

Asimismo, sostuvo que la entidad representa intereses estrictamente comerciales de sus asociados y no intereses colectivos vinculados a la protección de consumidores o la salud pública, lo que impediría demostrar la denominada “pertinencia temática” requerida para este tipo de demandas.

La administración de Rio Grande do Sul también rechazó la tesis de la ANJL de que la ley invade competencias exclusivas de la Unión en materia de regulación de apuestas y publicidad comercial.

El estado argumentó que la norma se apoya en competencias concurrentes previstas por la Constitución Federal relacionadas con la defensa del consumidor, la salud pública, la protección de niños y adolescentes y la responsabilidad civil. Según la presentación, la legislación estatal no modifica el régimen federal de apuestas ni las reglas de autorización de operadores, sino que complementa las políticas de protección al consumidor dentro de su territorio.

Para respaldar esta interpretación, la procuraduría citó diversos precedentes del STF que reconocen la posibilidad de que los estados adopten medidas regulatorias adicionales cuando persiguen objetivos de interés público, incluso en sectores regulados por el gobierno federal.

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