Argentina: el Gobierno elevó la alícuota del impuesto indirecto sobre las apuestas online
Mediante un decreto publicado la semana pasada en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo dispuso un incremento del 50 por ciento en la alícuota del impuesto indirecto sobre apuestas en línea.
Argentina.- Con el juego online expandiéndose en las diferentes jurisdicciones de la República Argentina, desde el Poder Ejecutivo nacional anunciaron una serie de medidas que modifican el impuesto indirecto a las apuestas en línea.
Mediante el decreto 293/2022 publicado el jueves 2 de junio en el Boletín Oficial, el gobierno de Alberto Fernández oficializó la suba de la alícuota del impuesto indirecto sobre las apuestas online, en un 50 por ciento.
El Impuesto Indirecto sobre apuesta online fue establecido en diciembre de 2016 mediante la ley 27.346 que dispuso una alícuota del 2 por ciento sobre el valor bruto de cada apuesta, pero a su vez se facultó al Poder Ejecutivo a aumentarla hasta en un 50 por ciento, así como disminuirla o dejar transitoriamente sin efecto el gravamen.
Posteriormente, en la ley de Presupuesto 2021 se creó el Registro de Control Online del Sistema de Apuestas y se modificó el valor de la alícuota, estableciendo un rango del 2,5 por ciento al 15 por ciento de acuerdo con la condición del sujeto operador. En el decreto publicado la semana pasada se precisaron “ciertos aspectos reglamentarios, a los efectos de lograr una correcta aplicación”.
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«Dadas las complejidades de gravar el juego y las apuestas online, resulta necesaria una regulación dinámica que permita su adaptación, a la par de la evolución de las operaciones de que se trata, y de las diferentes modalidades que puedan presentarse”, explica el decreto en sus considerandos.
Por tal razón, se consideró “pertinente incrementar en el referido porcentaje las alícuotas establecidas”, cuando se trate de sujetos no inscriptos en el registro.
El rango de las alícuotas a aplicar es el siguiente:
- Sujetos residentes en la Argentina e inscriptos en el Registro de Control Online del Sistema de Apuestas: 5 por ciento.
- Si esos sujetos demuestran contar con un capital invertido por única vez superior a los $200 millones a partir del ejercicio económico cerrado el 1º de enero de 2021, un incremento del 20 por ciento de la dotación del personal empleado en relación de dependencia con un mínimo de 20 empleados, o 30 si se inscriben a partir de la reglamentación: 2,5 por ciento.
- Sujeto organizador residente en la Argentina sin estar inscripto en el registro: 7,5 por ciento.
- En caso de no mediar la intervención de un sujeto del país: 10 por ciento.
- Si el sujeto del exterior no se encuentra inscripto en el registro o está radicado en jurisdicciones «no cooperantes» o «de baja o nula tributación»: 15 por ciento.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispondrá la forma y plazo para el pago del impuesto.
En el caso de apuestas y juegos online organizados/explotados por residentes del exterior, la AFIP deberá publicar listados incluyendo los nombres de las entidades residentes del exterior que organizan/operan las apuestas y juegos online para que el intermediario residente en el país que posibilite el pago de cada apuesta pueda percibir el impuesto.
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