Argentina actualiza el umbral para informar las operaciones ante la UIF
La medida, que alcanza a los reguladores de los juegos de azar, entrará en vigencia este sábado 1 de julio.
Argentina.- Este sábado 1 de julio entrarán en vigencia los nuevos umbrales a partir de los cuales los organismos reguladores de los juegos de azar, entre otros, están obligados a informar sobre operaciones ante la Unidad de Información Financiera (UIF).
Para la industria de los juegos de azar, al momento, el umbral estaba fijado en ARS$ 300.000 (USD 1.174). En tanto, a partir del mes entrante, la cifra ascenderá a ARS$ 850.000 (USD 3.326), lo que se traduce en una suba del 183 por ciento.
“Las personas humanas o jurídicas que como actividad habitual exploten Juegos de Azar definidas como Sujetos Obligados en la Resolución UIF Nº 199/2011 y sus modificatorias, deberán informar hasta el día 15 de cada mes las operaciones que realicen los apostadores que efectúen cobranzas de premios o cambios de valores o cambio de fichas o equivalente por montos superiores a 10 salarios mínimos, vitales y móviles realizadas en el mes calendario inmediato anterior”, especifica la norma.
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Se trata de una actualización que se encuentra alineada con la inflación registrada por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) en los últimos meses. Por caso, en 2022, la variación del índice de Precios al Consumidor fue de 94,8 por ciento; mientras que en los primeros cinco meses del 2023, al misma ya alcanzó el 42,2 por ciento.
De acuerdo a lo establecido por la UIF, la medida facilitará a los sujetos obligados la tarea de administrar los riesgos de Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo (LA/FT), en concordancia con los estándares internacionales aprobados por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).
Los umbrales fueron actualizados para otros tantos sectores. Entre ellos también figuran, por caso, seguros, escribanos, profesionales en ciencias económicas, personas humanas o jurídicas dedicadas a la compraventa de obras de arte, y remesadoras de fondos, entre otros.
Asimismo, se precisó que los cambios responden a la necesidad de efectuar una puesta al día de los montos establecidos desde el dictado de la Resolución UIF N° 50/2022 para una prevención eficaz del LA/FT, con un enfoque basado en el riesgo, de acuerdo a los estándares internacionales que promueve el GAFI.
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En este marco, se prevén actualizaciones semestrales, considerando el SMVM vigente al 31 de diciembre del año calendario anterior y al 30 de junio del año calendario corriente, según corresponda.
La actualización de este nuevo umbral fue oficializada mediante la publicación de la Resolución UIF N° 84/ 2023 en el Boletín Oficial, el pasado 17 de mayo.