Reforma tributaria en Colombia: proponen que el impuesto a los ganadores de premios de juegos de azar pase del 20% al 25%

La propuesta modificaría el artículo del Estatuto Tributario, que regula las ganancias ocasionales provenientes de loterías, rifas, apuestas y similares.
La propuesta modificaría el artículo del Estatuto Tributario, que regula las ganancias ocasionales provenientes de loterías, rifas, apuestas y similares.

El ajuste es parte del proyecto enviado por el Ejecutivo para recaudar más en el presupuesto 2025. 

Colombia.- A casi un mes de la presentación del Gobierno colombiano ante el Congreso de un nuevo proyecto de reforma tributaria, que busca tapar el déficit de COP12billones (USD2.800m) en el presupuesto de 2025, se conoció un nuevo punto que refiere a los juegos de azar: el aumento del impuesto que deben pagar los ganadores de premios.

Uno de los artículos del documento presentado por el Ministerio de Hacienda el pasado 10 de septiembre, modificaría el artículo 317 del Estatuto Tributario, que regula las ganancias ocasionales provenientes de loterías, rifas, apuestas y similares.

En ese sentido, se busca fijar “en un 25 por ciento la tarifa del impuesto a las ganancias ocasionales provenientes de loterías, rifas, apuestas y similares”. De acuerdo al Estatuto Tributario actual, dicho gravamen está fijado en 20 por ciento.

A partir de esta modificación, y en caso de que se apruebe el proyecto, si una persona se hace con un premio de COP10.000.000 (USD2.375) en una lotería, el descuento por impuestos pasaría de COP2.000.000 (USD475) a COP2.500.000 (USD594).

El ministro de Hacienda, Ricardo Bonilla, explicó en declaraciones a la prensa: «Es una ley para complementar el financiamiento del presupuesto de 2025 por 12 billones de pesos y tiene tres grandes ejes: El primero, unos estímulos a la reactivación económica; segundo, la identificación de unas nuevas fuentes de ingreso tributario, y tercero, un ajuste en la regla fiscal».

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El Congreso colombiano debe aprobar en estas semanas el presupuesto de 2025, con la negativa de la mayoría de la oposición que incluso insiste en que el déficit es mayor a esos 12 billones de pesos.

El presidente Gustavo Petro advirtió: «Si el Congreso no aprueba el presupuesto, la Constitución dice que el Gobierno lo decreta». El nuevo proyecto de reforma tributaria busca «reducir el impuesto de renta a todas las empresas de Colombia y más a la pequeña y mediana empresa» y financiar «el desbalance con la sobretasa al petróleo y el carbón, la tasa carbón, con el IVA a los juegos de suerte y azar, por internet y la reducción de exenciones».

IVA al juego online

Cabe recordar que una de las novedades del proyecto de ley que puso en alerta al sector de juego fue la propuesta de subir los impuestos a las plataformas online de juegos de azar.

El proyecto propone un IVA del 19 por ciento para los juegos de suerte y azar operados exclusivamente por internet. Hoy las plataformas no pagan ese impuesto y quedarán al mismo nivel que los juegos localizados (casinos).

En las justificaciones del proyecto, el gobierno dice: «Los juegos de azar se pueden considerar como bienes de lujo. A diferencia de los bienes esenciales, como los alimentos y los medicamentos, que forman parte de la canasta básica, los juegos de azar no son necesarios para la vida cotidiana ni para el bienestar fundamental de las personas. Al gravar estos bienes de lujo con IVA, se asegura que quienes tienen la capacidad de participar en estos servicios contribuyan de manera progresiva a la administración tributaria, sin afectar a quienes no participan en estas actividades. Un aspecto clave de los juegos de azar es su naturaleza inelástica. En términos económicos, esto significa que la demanda por estos servicios no se vería significativamente afectada por cambios en el precio, como podría ser un incremento debido a la aplicación del IVA».

Y agrega: «La actual exclusión del IVA para los juegos de azar online crea una distorsión en el mercado. Esto porque estos servicios digitales disfrutan de un tratamiento preferencial en comparación con los establecimientos físicos que ofrecen juegos de azar y que ya están gravados con este impuesto. Esta diferencia en la carga tributaria puede dar lugar a una competencia desleal y a distorsiones de mercado, donde los consumidores podrían optar por plataformas en línea para evitar el pago de impuestos, afectando negativamente a los operadores físicos que cumplen con sus obligaciones fiscales».

Asimismo, el documento explica que «al aplicar el IVA a las plataformas en línea se igualan las condiciones del mercado, promoviendo una competencia justa y equilibrada entre todos los operadores, independientemente del canal a través del cual ofrezcan sus servicios».

Según la exposición de motivos del Ministerio de Hacienda, «gravar los juegos de azar online generaría ingresos tributarios del orden de $2,1 billones en 2025 y no tendría impactos inflacionarios en la economía».

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