Navarra recuerda que los locales de juego deberán tener control de acceso desde el 26 de marzo
Los establecimientos deberán tener un sistema electrónico de verificación de edad y comprobar que los jugadores no figuren en el Registro de Interdicciones de Acceso al Juego.
España.- El Gobierno de Navarra recordó que, a partir de marzo de 2026, los locales de juego de la Comunidad Foral deberán cumplir nuevas exigencias en el control de acceso e identificación de usuarios, al cumplirse un año de la entrada en vigor del Reglamento General de Juegos y Apuestas de Navarra. Esto también alcanzará a los bingos.
A través de la Dirección General de Interior, el Ejecutivo foral señaló que, desde el 26 de marzo, los salones de juego y los locales de apuestas deportivas deberán contar con servicios de admisión y control de acceso plenamente operativos.
Según lo establecido en el reglamento, los establecimientos deberán disponer de un sistema informático conectado al Gobierno de Navarra, que permita verificar la mayoría de edad de las personas usuarias y comprobar si figuran o no en el Registro de Interdicciones de Acceso al Juego de Navarra. Estos servicios de admisión deberán ubicarse en zonas contiguas a las puertas de acceso, de modo que ninguna persona pueda ingresar al local sin pasar previamente por el control correspondiente.
El personal responsable de la admisión deberá identificar a todas las personas que intenten acceder al establecimiento mediante la presentación del DNI, NIE, pasaporte o documento equivalente.
Dentro del mismo plan de protección a los jugadores, el Gobierno tiene un sitio web que permite a las personas solicitar de forma voluntaria la prohibición de entrada a este tipo de establecimientos. Además, en octubre de 2024, el Departamento de Interior, Función Pública y Justicia firmó con el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 un convenio de reconocimiento mutuo de las inscripciones realizadas en los respectivos registros de interdicciones de acceso al juego.
Por otro lado, el reglamento también establece que las máquinas de apuestas instaladas en establecimientos de hostelería deberán incorporar sistemas que obliguen al jugador a identificarse previamente, sin intervención de terceros. Estos sistemas permitirán comprobar la mayoría de edad y la inclusión o no en el registro de interdicciones. Asimismo, las máquinas deberán permanecer en reposo, sin emitir estímulos sonoros, visuales o lumínicos, una vez finalizadas las partidas y mientras no estén en uso.