La Ley del Juego de Islas Baleares fue valorada por la organización de consumidores

La Ley del Juego de Baleares fue publicada en el Boletín Oficial en abril.
La Ley del Juego de Baleares fue publicada en el Boletín Oficial en abril.

La OCU distinguió la nueva normativa y sugirió a las demás de comunidades autónomas a actualizar sus respectivas legislaciones.

España.- La Ley del Juego de Baleares ya está plenamente vigente desde su publicación en el Boletín Oficial días atrás. Ahora, con un nuevo camino por delante, la normativa ha recibido el respaldo de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), que sugirió a las demás comunidades autónomas actualizar sus respectivas legislaciones.

Según indica el propio Gobierno, las Islas Baleares son el tercer territorio español con mayor densidad de oferta de juegos de azar y apuestas. Con el fin de proteger a los menores y a otros colectivos vulnerables y ante la proliferación de salas de juego, apuestas y casinos, el Gobierno Balear aprobó la nueva ley de juego.

De acuerdo con la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), esta normativa recoge muchas de sus peticiones, como:

  • Establecimiento de un ratio igual o inferior a 75 salas de juego y locales de apuestas por cada millón de habitantes.
  • Establecimiento de un número máximo de casinos de juego (3) y salas de bingo (4) en la comunidad
  • Establecimiento de una distancia mínima de 500 metros respecto a zonas escolares, parques infantiles o centros de tratamiento de juego patológico.
  • Distancia mínima de 500 metros también entre locales de apuestas.

También se prohíbe la publicidad, patrocinio u obsequios asociados a la práctica de juego, y no se permite la publicidad o incitación al juego en las fachadas o cristaleras de los locales, en centros comerciales o eventos deportivos. Sin embargo, de forma excepcional, se podrán publicitar los casinos en zonas turísticas, puertos o aeropuertos.

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Respecto a las máquinas en hostelería, la nueva normativa indica que estas deben estar apagadas, sin emitir estímulos lumínicos o sonoros, mientras no estén en uso. Además, se prohibe el uso de imágenes o reclamos violentos, racistas o sexistas.

A pesar de que se establece un control electrónico de acceso a las máquinas de juego en hostelería, tal y como pedía la OCU, el control se reduce a una serie de preguntas para verificar la edad. La OCU considera que es necesario concretar esas medidas de control para poder comprobar de forma eficaz la veracidad de la mayoría de edad de los usuarios.

En términos generales, OCU valora positivamente esta nueva normativa y anima al resto de comunidades autónomas a actualizar la legislación vigente incorporando medidas que protejan de manera efectiva a los consumidores, especialmente a los más vulnerables.

De acuerdo con lo comunicado, esta información fue elaborada por un equipo de profesionales sanitarios, nutricionistas, tecnólogos de los alimentos, estadísticos y editores de la OCU que, en colaboración con laboratorios independientes, analizan desde 1975 los principales productos y servicios de salud y alimentación. Su trabajo se sustenta en los principios de la evidencia científica, la calidad, la eficiencia y la sostenibilidad, pero sobre todo en la independencia que le proporcionan sus más de 200.000 socios activos.

Recientemente, además, la Delegación en Aragón de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU Aragón) le había dado su visto bueno a la Ley del Juego de Aragón.

Mediante un comunicado, la entidad valoró muy positivamente las novedades introducidas en el proyecto Ley que modificará la Ley del Juego de Aragón, regulando la ordenación de la oferta de juego y las medidas de protección a los usuarios. De todas maneras, consideró que debe seguirse avanzando en otros aspectos.

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