La Comisión de Justicia del Senado brasileño pospuso la votación en torno al proyecto que legaliza los juegos de azar

El senador Irajá, relator del Proyecto de Ley 2.234/22.
El senador Irajá, relator del Proyecto de Ley 2.234/22.

Si bien se permitió el inicio del debate, la votación fue reprogramada para mayo.

Brasil.- La Comisión de Justicia y Ciudadanía (CCJ) convocará a una audiencia pública sobre el Proyecto de Ley 2.234/2022, que autoriza el funcionamiento de casinos y bingos, legaliza los juegos de azar el Jogo do Bicho y permite las apuestas en carreras de caballos. El asunto estaba en el orden del día de este miércoles 24 de abril y si bien se permitió comenzar con el debate, la votación sólo debería tener lugar después de la audiencia que está programada para mayo.

El presidente de la CCJ, senador Davi Alcolumbre autorizó el inicio de la discusión del proyecto en la comisión, pero anunció un acuerdo para posponer la deliberación del mismo.

Según el acuerdo, firmado con los senadores Carlos Viana y Eduardo Girão, la CCJ deberá realizar una audiencia pública sobre el PL 2.234/2022 el próximo 7 de mayo, a las 10 horas. El día 15, la comisión reanudará la discusión del texto. La votación sobre el asunto aún no tiene fecha prevista, aunque se especula que los senadores que promueven la medida buscarán que su discusión no se dilate aún mas y se realice antes del fin de mayo.

La propuesta, que cuenta con el dictamen favorable del senador relator Irajá Silvestre, ya estaba en la agenda de la CCJ el 29 de noviembre de 2023 y el pasado miércoles 17 de abril y no fue considerada debido al final de la reunión y a retirarse del orden del día a petición del relator, senador Irajá.

Si la CCJ aprueba el PL 2234/22, la propuesta pasará al pleno del Senado. Si hay un cambio en el texto, el asunto vuelve a la Cámara, pero si no hay cambio, el proyecto pasa a la aprobación presidencial.

En su informe, Irajá descartó como “concepto jurídico indeterminado” el de la ofensa a la moral y a las buenas costumbres, utilizado como argumento contra los juegos de azar, y destacó que el proyecto trata de pasar al control del Estado una práctica que hoy constituye una contravención. Citando estadísticas sobre el mercado de apuestas legales o ilegales, Irajá concluye que “los juegos de azar ya constituyen una actividad económica relevante”.

El texto autoriza la instalación de casinos en polos turísticos o en complejos integrados de ocio, con un límite de un casino por estado y en el Distrito Federal, con excepción de São Paulo, que podría tener hasta tres casinos, y de Minas Gerais, Rio de Janeiro, Amazonas y Pará, en los que el límite previsto para cada estado es de dos casinos.

Según la propuesta, también podrán funcionar salas de juego en embarcaciones marítimas y fluviales, que seguirán reglas específicas. El casino deberá demostrar un capital social mínimo integrado de al menos R$ 100m (USD 19m) y podrá ser acreditado por 30 años.

La proposición también establece reglas para el juego de bingo en modalidades de cartón y electrónico, y permite en cada estado la acreditación de una persona jurídica por cada 700,000 habitantes para la explotación del “jogo do bicho”.

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En este caso, las autorizaciones tendrán una validez de 25 años, renovables por igual período. Las carreras de caballos podrán ser explotadas por entidades turfísticas acreditadas en el Ministerio de Agricultura, que también podrán explotar, al mismo tiempo, juegos de bingo y video bingo.

Enmiendas rechazadas

El relator Irajá Silvestre rechazó las enmiendas ofrecidas por los senadores y propuso una enmienda de redacción sustituyendo las menciones al “Ministerio de Economía” por el “Ministerio de Hacienda”. Entre el resto de las enmiendas al proyecto que fueron rechazadas se encuentran:

  • Enmienda Nº 1 presentada por el senador Jorge Kajuru: modifica la redacción de los incisos 3º y 4º del art. 45 para establecer reglas y mecanismos de control adicionales para evitar que las instituciones financieras, instituciones de pago y cualesquiera participantes en acuerdos de pagos y transferencias autoricen transacciones relacionadas con la participación en juegos electrónicos de azar, administrados por empresas no autorizadas por esta Ley.
  • Enmienda Nº 2 del senador Jorge Kajuru: cambia la redacción del art. 116, en los delitos contra juegos de azar y apuestas, para excluir la expresión “tarjeta de crédito” y sustituirla por la expresión “con el uso de cualquier medio de pago”.
  • Enmienda Nº 3 del senador Jorge Kajuru: cambia la redacción del art. 46 para aclarar que una transacción realizada con una tarjeta de débito es una transacción de cuenta de depósito a la vista.
  • Enmienda Nº 4 del senador Carlos Viana: elimina del texto los incisos I y V del art. 8º, que admiten la práctica y explotación de juegos de casino y Jogo do Bicho en el país.
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Brasil Proyecto de Ley 2234/22 Senado