Brasil: la Comisión de Justicia del Senado postergó la votación del Proyecto de Ley 2.234

El tratamiento del Proyecto de Ley 2.234/23 continúa demorándose.
El tratamiento del Proyecto de Ley 2.234/23 continúa demorándose.

La propuesta que legaliza los casinos, el bingo, el Jogo do Bicho y los juegos de azar online fue retirada del orden del día ante la posibilidad de obtener un dictamen negativo.

Brasil.- La Comisión de Constitución, Justicia y Ciudadanía (CCJ) del Senado brasileño debía votar ayer el Proyecto de Ley 2.234/23 que legaliza los casinos, el bingo, el Jogo do Bicho y los juegos de azar online. La propuesta figuraba como tercer ítem en el orden del día de la comisión, sin embargo, fue retirada y no se procedió a su votación.

El relator de la propuesta, senador Irajá Silvestre, envió un escrito solicitando que el proyecto sea retirado del orden del día por lo cual no fue incluida en el tratamiento parlamentario del día. El motivo de esta decisión fue que existía un gran riesgo para el resultado de la votación del proyecto de ley debido al ambiente político teñido por la agenda conservadora de la oposición y los sectores evangélicos. Por eso, ante el posible escenario de una votación desfavorable, se optó por quitar la propuesta del orden de votación del día de ayer y continuar con su tratamiento parlamentario.

Más aún, el retiro de la propuesta del orden del día fue utilizada por el presidente de la CCJ, Davi Alcolumbre, como moneda de cambio para futuras negociaciones con los sectores conservadores. Al quitar al Proyecto de Ley 2.234/23 del orden del día, Alcolumbre negoció con estas bancadas el apoyo a futuro para su elección como presidente del Senado.

La propuesta

El texto autoriza la instalación de casinos en polos turísticos o en complejos integrados de ocio, con un límite de un casino por estado y en el Distrito Federal, con excepción de São Paulo, que podría tener hasta tres casinos, y de Minas Gerais, Rio de Janeiro, Amazonas y Pará, en los que el límite previsto para cada estado es de dos casinos.

Según la propuesta, también podrán funcionar salas de juego en embarcaciones marítimas y fluviales, que seguirán reglas específicas. El casino deberá demostrar un capital social mínimo integrado de al menos R$ 100m (USD 19m) y podrá ser acreditado por 30 años.

La proposición también establece reglas para el juego de bingo en modalidades de cartón y electrónico, y permite en cada estado la acreditación de una persona jurídica por cada 700,000 habitantes para la explotación del “jogo do bicho”.

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En este caso, las autorizaciones tendrán una validez de 25 años, renovables por igual período. Las carreras de caballos podrán ser explotadas por entidades turfísticas acreditadas en el Ministerio de Agricultura, que también podrán explotar, al mismo tiempo, juegos de bingo y video bingo.

Enmiendas rechazadas

El relator Irajá Silvestre rechazó las enmiendas ofrecidas por los senadores y propuso una enmienda de redacción sustituyendo las menciones al “Ministerio de Economía” por el “Ministerio de Hacienda”. Entre el resto de las enmiendas al proyecto que fueron rechazadas se encuentran:

  • Enmienda Nº 1 presentada por el senador Jorge Kajuru: modifica la redacción de los incisos 3º y 4º del art. 45 para establecer reglas y mecanismos de control adicionales para evitar que las instituciones financieras, instituciones de pago y cualesquiera participantes en acuerdos de pagos y transferencias autoricen transacciones relacionadas con la participación en juegos electrónicos de azar, administrados por empresas no autorizadas por esta Ley.
  • Enmienda Nº 2 del senador Jorge Kajuru: cambia la redacción del art. 116, en los delitos contra juegos de azar y apuestas, para excluir la expresión “tarjeta de crédito” y sustituirla por la expresión “con el uso de cualquier medio de pago”.
  • Enmienda Nº 3 del senador Jorge Kajuru: cambia la redacción del art. 46 para aclarar que una transacción realizada con una tarjeta de débito es una transacción de cuenta de depósito a la vista.
  • Enmienda Nº 4 del senador Carlos Viana: elimina del texto los incisos I y V del art. 8º, que admiten la práctica y explotación de juegos de casino y Jogo do Bicho en el país.
En este artículo:
Brasil Proyecto de Ley 2234/22 Senado