Juego online y apuestas deportivas en Brasil: el Procurador General de la República busca declarar la inconstitucionalidad de las leyes
Paulo Gonet Branco presentó una demanda ante el Supremo Tribunal Federal para dejar sin efecto las normas que permiten y regulan el mercado. De esta manera, se volvería a la prohibición que regía desde 1941. El máximo tribunal judicial de Brasil deberá resolver, aunque no fijó plazos.
Brasil.- El Procurador General de la República, Paulo Gonet Branco, envió al Supremo Tribunal Federal (STF) una Acción Directa de Inconstitucionalidad (ADI) contra las Leyes nº 14.790/2023 y nº 13.756/2018, por «no cumplir con la requisitos mínimos para la preservación de bienes y valores de la Constitución Federal». Las normas permiten la explotación y difusión de sistemas de apuestas virtuales basados en eventos deportivos (apuestas deportivas) y eventos de juego en línea (casas de apuestas virtuales).
Además de las leyes federales, la acción solicita la inconstitucionalidad del conjunto de ordenanzas emitidas por la Secretaría de Hacienda, a través de la Secretaría de Premios y Apuestas (SPA), que regulan el tipo de apuestas de contrapartida. Esta modalidad consiste en un sistema de apuestas en torno a eventos reales o virtuales en el que se define, en el momento de realizar la apuesta, cuánto podrá ganar el apostante en caso de acierto.
Con la declaración de inconstitucionalidad, Gonet pide que vuelva a entrar en vigor la legislación que reconoce como ilegales las apuestas, Decreto-Ley 3.688 de 1941.
Según la fiscalía, “la legislación es insuficiente para proteger los derechos fundamentales de los consumidores, dado el carácter predatorio del mercado de apuestas virtuales”. Agrega, además, que el instrumento previsto por la ley para admitir la explotación de loterías por parte del Estado es constitucionalmente inadecuado.
Gonet sostiene en la demanda que la legislación sobre apuestas viola los derechos sociales a la salud y la alimentación, los derechos de los consumidores, los derechos de propiedad, los niños y adolescentes, los ancianos y las personas con discapacidad. “Entra en conflicto con los principios del orden económico y del mercado interior y con el deber del Estado de proteger la unidad familiar. Además, desconoce la imposición constitucional de otorgar servicios públicos mediante concesión o permiso, mediante licitación. También se aparta de las restricciones constitucionales a la publicidad de productos que suponen un alto riesgo para la salud”, afirma.
Según esgrime Gonet, la Ley N° 13.756/2018 estableció la nueva modalidad de apuestas y dispuso la asignación de parte de los recursos, pero no reguló las apuestas virtuales. Este nuevo mercado surgió sin criterios para proteger a los usuarios del servicio y al mercado nacional, circunstancia agravada por el hecho de que los sitios web y los operadores muchas veces tienen su sede en otros países, es decir, la legislación brasileña no se aplica, lo que dificulta el control y la supervisión, así como como tributación de la actividad. La Ley Nº 14.790/2023 pretendía reducir los impactos sociales negativos del nuevo mercado, pero no fue suficiente.
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En la acción, la Fiscalía General de la República solicita la inconstitucionalidad de las disposiciones de la Ley N° 14.790/2023, que tratan de la modalidad de apuestas de cuota fija, así como de los artículos 29 a 33 de la Ley N° 13.756/2018, que establecieron la nueva modalidad de apuestas.
La Fiscalía General de la República también realizó una solicitud cautelar (medida cautelar) para que las normas cuestionadas tengan suspendida su efectividad, con la consecuente prohibición de realizar apuestas. Ahora, será el máximo tribunal judicial de Brasil el que deberá atender este reclamo y definir si hace lugar, o no, al planteo del fiscal. El resultado, definirá el escenario a futuro de la industria del juego en el país.