EL TJUE definió el criterio para los juicios por pérdidas de jugadores en la Unión Europea

EL TJUE definió el criterio para los juicios por pérdidas de jugadores en la Unión Europea

Según explicó el Tribunal, las demandas por pérdidas sufridas en plataformas ilegales o que no cuenten con licencia local deben resolverse en base a la ley del país desde donde se realizó la apuesta

Europa.- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) fijó un criterio sobre los reclamos de jugadores contra casinos online sin licencia. En la sentencia C-77/24, conocida como caso Wunner, el tribunal determinó que las demandas por pérdidas sufridas en plataformas no autorizadas deben resolverse en base a la ley del país de residencia del jugador.

El fallo surge a partir de una demanda presentada por un consumidor residente en Austria, quien reclamó ante los tribunales de su país la devolución de EUR18.547,67 perdidos entre 2019 y 2020 en un casino online operado por la empresa maltesa Titanium Brace Marketing Limited. Si bien la compañía contaba con licencia en Malta, no disponía de la autorización exigida por la legislación austríaca para ofrecer juegos de azar a residentes de ese país.

El jugador sostuvo que la actividad era ilegal en Austria y reclamó la responsabilidad de los administradores de la empresa por operar sin licencia en su Estado de residencia. La defensa, por su parte, alegó que el caso debía regirse por el Derecho maltés y cuestionó la competencia de los tribunales austríacos para intervenir en el conflicto.

El TJUE rechazó ese planteo y aclaró que la prohibición de operar juegos de azar sin licencia no constituye una norma interna de funcionamiento empresarial, sino una obligación general destinada a proteger el orden jurídico y a los consumidores de cada Estado. Por eso, el Tribunal recordó que, según el artículo 4, apartado 1, del Reglamento Roma II, la ley aplicable a una obligación extracontractual es, en principio, la del país donde se produce el daño.

El fallo

Bajo ese criterio, la corte europea concluyó que el perjuicio económico sufrido por el jugador en este caso implica la aplicación de la ley austríaca. De este modo, habilitó la posibilidad de que los administradores de la empresa sean demandados conforme a las reglas generales de responsabilidad extracontractual.

El TJUE también explicó que factores como la ubicación de los servidores, la sede social de la compañía o el destino de las transferencias bancarias forman parte del hecho generador del daño, pero no determinan el lugar donde este se produce de manera directa. Por ese motivo, la empresa maltesa deberá someterse a la normativa austríaca en este caso.

Con esta sentencia, el Tribunal refuerza la seguridad jurídica dentro de la Unión Europea, al establecer que cualquier operador que dirija su oferta a consumidores de un Estado miembro debe asumir que su actividad quedará sujeta a la legislación de ese país si no cuenta con la licencia correspondiente.

En este artículo:
casinos justicia