Argentina: la provincia de Santa Fe reglamentó el juego online
El gobierno de Maximiliano Pullaro definió los alcances, los controles y las medidas de restricción sobre las apuestas.
Argentina.- A cinco meses de la legalización del juego online en el Senado santafesino, mediante el decreto Nro. 562 firmado el pasado 30 de abril, el Poder Ejecutivo de Santa Fe reglamentó la ley que habilita las apuestas virtuales en la provincia.
Las nuevas reglamentaciones sobre el juego online tienen el objetivo de erradicar el juego ilegal en el territorio santafesino, brindar un marco regulatorio para las apuestas virtuales y prevenir la ludopatía.
Específicamente, el texto del decreto difundido por el Boletín Oficial de Santa Fe, explica que la regulación de la actividad lúdica tiene el propósito de “garantizar el orden público, erradicar el juego ilegal y promover el juego legal responsable con fines recreativos, salvaguardando los derechos de quienes participen en ellos, cuidando y protegiendo a los usuarios, tratando de minimizar los riesgos de adicción”.
La Lotería de Santa Fe fue señalada como la autoridad de aplicación, con la misión de “arbitrar los mecanismos necesarios y oportunos para preservar que los montos que se apuestan en los juegos en línea puedan ser supervisados debidamente, asegurando la percepción de tributos y canon, evitando así que su destino sean otras jurisdicciones y/u operadores no autorizados”.
El Ejecutivo, encabezado por el gobernador Maximiliano Pullaro, confirmó que seguirán siendo los casinos quienes tendrán el monopolio de las apuestas online en la provincia. Aunque, abren la posibilidad a que la Lotería de Santa Fe pueda crear su propia plataforma o hacer un llamado a licitación.
Además, “podrán efectuar apuestas siempre que la carga del crédito para tal fin se efectúe en las agencias o locales que determine la autoridad de aplicación o bien que pueda ser identificado su lugar de ubicación mediante geolocalización”.
El decreto apunta a los juegos de azar, apuestas deportivas, carreras de caballo, juegos virtuales como las actividades habilitadas para apostar de forma virtual en la provincia, a las cuales se sumarán aquellas que tengan la aprobación de la entidad de aplicación. Esta regulación no tiene en cuenta las apuestas que tienen lugar de forma presencial en la Lotería de Santa Fe, salvo que la entidad decida la digitalización de las mismas.
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Particularmente, en el caso de las actividades habilitadas para poder realizar apuestas online, el decreto enumera los eventos deportivos (cuyo catálogo de deportes, competiciones y eventos autorizados será refrendado por la Lotería de Santa Fe), apuestas hípicas o sobre sobre eventos reales que se diferencien de los dos puntos anteriores.
No obstante, permanecerán prohibidas las apuestas de actividades contrarias a la ley o “atenten contra la dignidad, el honor, la intimidad o la propia imagen de las personas, vulnere los derechos de la niñez, adolescencia o juventudes; o implique, promueva o tolere conductas violentas, ofensivas o discriminatorias”.
El decreto sostiene que los mayores de edad que no estén incapacitados por la resolución judicial pueden participar como apostadores de estas actividades, lo cual deja a los niños, niñas y adolescentes por fuera de los juegos que se realizan en los casinos o en la Lotería. La participación de menores en apuestas de cualquier tipo es un delito.
A su vez, quedan excluidos accionistas o propietarios de las licencias o empleados directamente involucrados en la realización de la actividad del juego y la apuesta, de la misma manera que sus familiares, cónyuges o convivientes de los organizadores, ni tampoco los participantes directos (por ejemplo jugadores, competidores, entrenadores o jueces) del evento o actividad deportiva sobre la que se hace la apuesta.
La reglamentación enumeró una lista de modalidades de apuestas autorizadas en Santa Fe: la apuesta mutua, simple y múltiple, la apuesta combinada, convencional, en directo o la contrapartida.
La apuesta simple es aquella que se realiza sobre un único resultado de un único evento deportivo, mientras que la apuesta múltiple es el pronóstico que se realiza simultáneamente sobre dos o más resultados de un acontecimiento deportivo. La apuesta mutua es esa en donde un porcentaje de la suma de las cantidades apostadas, previamente establecido en las reglas básicas del juego, se distribuye entre aquellos participantes que, de conformidad con el programa de premios, hubieran acertado el resultado del evento deportivo o el hecho o circunstancia del evento sobre el que recaen las apuestas.
La apuesta combinada es la que se realiza simultáneamente sobre los resultados de dos o más acontecimientos deportivos. Por otro lado, la apuesta convencional es aquella cuyo plazo para ser realizada deberá estar cerrado con anterioridad al comienzo del evento deportivo. En el caso de apuestas múltiples o combinadas, el plazo de realización deberá estar cerrado con anterioridad a que se celebre el primer evento por orden cronológico de los contenidos en la apuesta.
Las apuestas en directo son las que se realizan durante el tiempo en que se está realizando el evento sobre el que se apuesta.
La contrapartida es la apuesta deportiva en la que el participante apuesta contra el operador de juego, obteniendo derecho a premio en el caso de acertar el pronóstico sobre el que se apuesta, y siendo el premio el resultante de multiplicar el importe de la participación por el coeficiente que el operador haya validado previamente para el pronóstico realizado.
Por otra parte, el decreto cuenta con una coordinación de acciones con la Agencia de Prevención del Consumo de Drogas y Tratamiento integral de las Adicciones (Aprecod) para realizar una campaña publicitaria anual en medios de comunicación sobre los perjuicios que generan los juegos de azar y difundir en ellas los indicadores que permitan reconocer los supuestos en los que el juego configura una adicción.
A su vez, la Aprecod deberá llevar adelante un programa de capacitación del personal de los centros de salud y organismos territoriales del Ministerio de Desarrollo Humano con el objetivo de otorgar herramientas para poder detectar y abordar la problemática. El programa deberá incluir la línea gratuita 0800 y otros medios virtuales de atención al público.
Según consigna el decreto, el canon a abonar por las licencias reconocidas a los actuales concesionarios de casinos para que instrumenten, implementen, operen y exploten la actividad de juegos de azar en línea deberá abonarse por mes vencido.
Los resultados netos obtenidos a partir de la explotación de la actividad, en tanto, serán destinados en un 50 por ciento a la Agencia de Prevención de Consumo de Drogas y Tratamiento Integral de las Adicciones (Aprecod). La suma se distribuirá de la siguiente manera: un 10 por ciento al Programa Provincial de Seguridad de Eventos Deportivos, un 10 por ciento al Ministerio de Justicia y Seguridad que deberá ser destinado a la adquisición de herramientas y dispositivos tecnológicos; un 10 por ciento al Ministerio de Educación, mismo porcentaje al Ministerio de Igualdad y Desarrollo Humano, 10 por ciento al Ministerio de Salud que deberá ser destinado a la Subsecretaría de Salud Mental, y el 10 por ciento restante a la Secretaría de Deportes del Ministerio de Igualdad y Desarrollo Humano de la Provincia de Santa Fe, el que deberá ser destinado al Fondo Provincial del Deporte (Fo.Pro.De.).