Chaco propone restringir el acceso al juego a deudores alimentarios

Chaco propone restringir el acceso al juego a deudores alimentarios

El proyecto de ley plantea impedir que las personas inscriptas en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos ingresen a casinos y salas de juego o apuesten en plataformas online autorizadas en la provincia.

Datos clave:

  • El Proyecto de Ley 2640/2026 propone modificar la Ley 1083-A, que creó el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Re.D.A.M.).
  • La restricción alcanzaría a casinos, salas de juego, bingos, agencias y plataformas digitales autorizadas en Chaco.
  • Los operadores online deberán verificar la situación registral antes de abrir cuentas y habilitar apuestas.
  • Lotería Chaqueña sería responsable de aplicar las sanciones previstas para los incumplimientos.

Resumen: La Cámara de Diputados del Chaco recibió un proyecto de ley que busca impedir que las personas inscriptas en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos ingresen a establecimientos de juego o realicen apuestas en plataformas digitales autorizadas en la provincia. La iniciativa, presentada por diputados del interbloque Frente Chaqueño, propone modificar la Ley 1083-A y todavía debe atravesar el trámite legislativo para convertirse en ley.

Argentina.- La Cámara de Diputados del Chaco recibió el Proyecto de Ley 2640/2026, que propone modificar la Ley 1083-A, creadora del Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Re.D.A.M.), para incorporar restricciones al acceso a los juegos de azar. La iniciativa, presentada la semana pasada por diputados del interbloque Frente Chaqueño, se encuentra en trámite legislativo y todavía debe ser tratada para convertirse en ley.

De acuerdo con el texto, las personas incluidas en el registro no podrán ingresar ni permanecer en casinos, salas de juego, bingos, agencias y otros establecimientos habilitados para explotar juegos de azar y apuestas en la provincia. La restricción también alcanzaría a las plataformas digitales autorizadas en Chaco y se mantendría mientras la persona continúe inscripta en el Re.D.A.M.

Para aplicar la medida, los establecimientos y operadores deberán implementar mecanismos de identificación y verificación de la situación registral antes de permitir el ingreso. En el caso de las plataformas online, la consulta deberá realizarse antes de habilitar una cuenta y permitir operaciones. Si se detecta que un usuario fue incorporado al registro después de abrirla, el operador deberá suspender la posibilidad de realizar nuevas apuestas.

El proyecto también contempla un sistema de consulta automatizada y segura, que el Poder Ejecutivo deberá implementar a través del área responsable del Re.D.A.M. y en articulación con Lotería Chaqueña. La información obtenida solo podrá utilizarse para comprobar si una persona está incluida en el registro y no podrá almacenarse, comercializarse ni procesarse con fines publicitarios, comerciales o de elaboración de perfiles.

En cuanto al cumplimiento, la iniciativa establece que los operadores deberán impedir la apertura de nuevas cuentas a las personas registradas, informar los incumplimientos detectados y realizar las adecuaciones tecnológicas necesarias. Lotería Chaqueña sería responsable de aplicar las sanciones previstas en el régimen disciplinario de la actividad, sin perjuicio de otras responsabilidades administrativas, civiles o penales que pudieran corresponder.

Entre los fundamentos, los autores sostienen que el incumplimiento de las obligaciones alimentarias afecta los derechos de niñas, niños y adolescentes, y que la propuesta busca priorizar esas prestaciones frente a los gastos destinados a actividades recreativas y de apuestas. Si el proyecto es aprobado, el Poder Ejecutivo tendrá 90 días desde su publicación para reglamentarlo. Además, se invita a los municipios chaqueños a adherir a la normativa.

Una tendencia que se extiende por Argentina

La iniciativa de Chaco se suma a una tendencia regulatoria que avanza en distintas jurisdicciones argentinas, donde las autoridades buscan restringir el acceso al juego de las personas inscriptas en los registros de deudores alimentarios. San Juan, la provincia de Buenos Aires, Salta, y más recientemente, Entre Ríos, ya avanzaron con leyes que prohíben el ingreso de estas personas a casinos y salas de juego, mientras que en Jujuy se trabaja en la implementación de la restricción mediante un convenio entre el Poder Judicial y el organismo regulador del juego. 

El alcance de las medidas también comienza a extenderse al entorno digital. En agosto de 2026, la Ciudad de Buenos Aires aprobó una ley que impide a los deudores alimentarios abrir cuentas, depositar fondos, apostar o retirar dinero de plataformas de juego online autorizadas. En la provincia de Buenos Aires, además, se presentó un proyecto para incorporar restricciones similares al mercado digital. 

Otras jurisdicciones mantienen iniciativas en estudio. En La Rioja se evalúa restringir el acceso a casinos, bingos y salas de juego, mientras que en Tucumán se presentó un proyecto que contempla tanto el juego presencial como el online y propone la inmovilización preventiva de fondos y premios. A nivel nacional, también se impulsa la creación de un registro federal que permitiría extender estas restricciones a casinos, bingos, agencias de apuestas y plataformas digitales autorizadas.

Preguntas frecuentes

  • ¿A qué personas alcanzaría la restricción propuesta en Chaco? A quienes estén inscriptos en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Re.D.A.M.). La prohibición se mantendría mientras continúen incluidos en el registro.
  • ¿La propuesta también incluye las apuestas online? Sí. El proyecto contempla las plataformas digitales autorizadas en Chaco y establece controles antes de habilitar cuentas y permitir nuevas operaciones de apuestas.
  • ¿Qué deberán hacer los operadores de juego para cumplir con la medida? Tendrán que verificar la situación registral de los usuarios, impedir la apertura de cuentas a personas inscriptas, suspender nuevas apuestas si un usuario es incorporado posteriormente al registro e informar los incumplimientos detectados.
  • ¿Cuándo entraría en vigencia la restricción en Chaco? El proyecto todavía está en trámite legislativo. Si se aprueba y se publica como ley, el Poder Ejecutivo tendrá 90 días para reglamentarlo.
En este artículo:
Argentina Chaco deudores legislacion loteria chaqueña