La Ciudad de Buenos Aires prohíbe a los deudores alimentarios realizar apuestas online
La Legislatura porteña aprobó una ley que impide a las personas inscriptas en el Registro Público de Alimentantes Morosos abrir cuentas, depositar, apostar o retirar dinero en plataformas de juego autorizadas en la Ciudad. Los operadores deberán verificar la condición de cada usuario en tiempo real.
Argentina.- La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires aprobó una nueva regulación que restringe el acceso a las plataformas de apuestas y juegos de azar online a las personas que figuren en el Registro Público de Alimentantes Morosos. La medida alcanza a quienes tengan deudas alimentarias y establece nuevas obligaciones de control para los operadores autorizados en el distrito.
La iniciativa, de autoría del diputado Leandro Santoro, incorpora los artículos 17 bis y 17 ter a la Ley N° 269, que regula el registro de alimentantes morosos. A partir de la nueva normativa, las personas incluidas en ese registro no podrán abrir ni mantener cuentas activas, realizar depósitos, efectuar apuestas ni retirar fondos en plataformas de juego y apuestas por internet habilitadas en la Ciudad.
La restricción comprende tanto los juegos de azar como los juegos de destreza, así como las modalidades administradas por Lotería de la Ciudad de Buenos Aires (LOTBA).
Uno de los principales cambios estará en las obligaciones que deberán asumir los operadores. Antes de habilitar una cuenta, las empresas deberán realizar una consulta automatizada y en tiempo real para determinar si el usuario figura en el Registro Público de Alimentantes Morosos.
Si la consulta arroja un resultado positivo, la plataforma deberá impedir la apertura de la cuenta. En caso de que una persona sea incorporada al registro mientras ya cuenta con un usuario activo, el operador deberá suspender la cuenta de inmediato y comunicar la situación tanto al Registro como al órgano judicial interviniente.
La normativa también establece pautas específicas para el tratamiento de la información. Las consultas deberán limitarse a verificar la condición registral de la persona y no podrán utilizarse para conservar datos, realizar perfiles de usuarios o desarrollar actividades comerciales.
El Poder Ejecutivo porteño, junto con LOTBA, deberá implementar los sistemas informáticos necesarios para realizar estas verificaciones y tendrá un plazo de 30 días desde la publicación de la ley en el Boletín Oficial para reglamentarla.
La nueva normativa también contempla un régimen de sanciones para las empresas que no cumplan con las obligaciones de control. La autoridad regulatoria del juego de la Ciudad será la encargada de aplicar las medidas correspondientes, de acuerdo con los procedimientos disciplinarios previstos en la normativa vigente y en los pliegos de concesión de cada plataforma.
El incumplimiento también podría derivar en sanciones contempladas por el Régimen de Faltas porteño.
Según los fundamentos de la ley, la medida busca reforzar las herramientas disponibles para garantizar el cumplimiento de las obligaciones alimentarias y proteger el interés superior de niños, niñas y adolescentes.