Avanza la regulación del juego online en Mendoza

El IPJyC de Mendoza deberá armar la grilla de evaluación de las empresas que se presenten en la licitación.
El IPJyC de Mendoza deberá armar la grilla de evaluación de las empresas que se presenten en la licitación.

El juego online se legalizó en Mendoza en octubre de 2020, y hoy se conocieron novedades acerca de su reglamentación.

Argentina.- Pasaron dos años desde que la Cámara de Senadores de la provincia de Mendoza aprobó la ley que permite operar casinos online, sin embargo, la regulación se mantuvo en standby, hasta hoy cuando se publicó en el Boletín Oficial el decreto 1.842 del Ministerio de Hacienda, que aclara los términos de un artículo clave de la Ley 9.267, sancionada en octubre de 2020.

El artículo 6º de la ley dispone que el Instituto Provincial de Juegos y Casinos (IPJyC) de Mendoza podrá otorgar como mínimo dos y como máximo siete licencias, a través de una licitación pública.

«Los pliegos licitatorios deberán contener una preferencia a las ofertas presentadas por aquellas personas humanas o jurídicas que al momento de la convocatoria de la licitación pública posean un permiso y/o concesión para la instalación y funcionamiento de salas de juegos de banca,… y/o que al momento de la convocatoria de la licitación pública sean prestadores de servicios de máquinas tragamonedas del IPJyC. La reglamentación establecerá el régimen de la preferencia”, destaca la legislación aprobada en octubre del 2020.

En ese sentido, ahora el gobierno provincial instruyó al organismo presidido por Ida López «a contemplar la preferencia establecida en el Artículo 6º de la Ley N° 9.267 en la Grilla de Evaluación de los pliegos licitatorios, previendo un criterio o rubro y puntaje específico para las personas humanas o jurídicas mencionadas en el citado artículo».

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La normativa contempla la creación de un “Registro de Títulos Habilitantes de Juego En Línea” que deberá contener información de las personas humanas o jurídicas que poseen licencia otorgada.

La ley abarca a todos los juegos que se realicen por medios electrónicos, informáticos, telemáticos o interactivos. Pero no quedarán comprendidos aquellos juegos de azar que incluyan la realización de sorteos físicos, como loterías, quinielas y tómbolas, entre otros, los cuales se regirán por las normativas vigentes, aún cuando el uso de sistemas de captación electrónica sea un medio para su comercialización.

Además, la legislación establece reglas respecto a las Licencias, Títulos habilitantes, Garantías, Publicidad, Sistemas Técnicos, Control y Fiscalización, Protección de Datos, entre otros puntos.

Se deberán licitar los permisos para un mínimo de dos y un máximo de siete oferentes que podrán tener sitios web para las apuestas online, siempre que estén radicados en la provincia y sus sitios tengan terminación “.ar”.

Los usuarios podrán acceder en cualquier momento al registro de autoexclusión, para que se los pueda asistir dentro del programa Juego Responsable.

La autoridad de aplicación será el Instituto Provincial de Juegos y Casinos. Este será el encargado de habilitar a personas físicas o jurídicas a “organizar, desarrollar, explotar, captar apuestas y comercializar la actividad del juego en línea”.

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El IPJyC de Mendoza se adhirió al Código de Publicidad Responsable de juegos online

En mayo de este año, en el marco de la 71º Asamblea Ordinaria de la Asociación de Loterías Estatales Argentinas (ALEA), se celebró la firma por parte del Instituto Provincial de Juegos y Casinos (IPJyC) de Mendoza del Acta de Adhesión al Código de Buenas Prácticas para la Publicidad Responsable de Juegos Online en Argentina de ALEA. 

Ida López, presidenta del IPJyC mendocino, dijo al firmar el acta junto al presidente de ALEA, Omar Galdurralde: “Aprovechamos la oportunidad para firmar esta adhesión porque lo queríamos hacer desde que salió y no pudimos concretarlo. En post del Código, lo tuvimos en cuenta, participamos cuando lo realizaron y nosotros estábamos haciendo nuestra ley». 

«Estamos convencidos de la importancia de regular la publicidad del juego online. Es un tema muy cuestionado y complejo. Es una buena forma de tener pautas mínimas de regulación por eso invito a las demás provincias a que lo vean y adhieran. ALEA ha hecho un gran trabajo”, agregó.

Los cinco puntos que ordenan el Código son la responsabilidad en los contenidos, la protección de menores de edad, los mensajes sobre juego responsable, la responsabilidad en el uso de redes sociales y en el patrocinio de actividades y/o eventos populares o masivos, su aplicabilidad, control y revisión.

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