Argentina actualizó el marco regulatorio para juegos de azar
Los nuevos lineamientos, establecidos mediante la resolución UIF N° 194/2023, entrarán en vigencia el 1° de diciembre.
Argentina.- Luego de 12 años, Argentina actualizó su marco regulatorio para juegos de azar. Lo hizo mediante la Resolución UIF N° 194/2023, publicada el viernes en el Boletín Oficial.
Esta norma, que lleva la firma de Juan Carlos Otero, presidente de la Unidad de Información Financiera (UIF), adecúa las obligaciones a cumplir por las personas, de nacionalidad argentina o extranjera, que, de manera ocasional o habitual, participen de juegos de azar presencial o en línea. El objetivo es prevenir, detectar y reportar hechos, actos, operaciones u omisiones que pudieran constituir delitos de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (LA/FT).
La normativa, que reemplaza a la Resolución UIF N° 199/2011, incluye lineamientos regulatorios en concordancia con los estándares internacionales, guías y pautas del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI). Además, suma mejoras para mitigar los riesgos de LA/FT, sobre la base base de la operatividad del sector, el avance tecnológico y las nuevas prácticas desarrolladas en los últimos años.
A su vez, la norma contempla los resultados de las Evaluaciones Nacionales de Riesgos de LA y FT/FP aprobadas por los Decretos Nros. 653/22 y 652/22, respectivamente. También abarca los informes publicados por la UIF acerca de autoevaluaciones de riesgos y reportes de operaciones sospechosas de los sujetos obligados e informes técnicos de los revisores externos independientes.
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De conformidad con las evaluaciones nacionales de riesgos, quienes participen de juegos de azar deben entender los riesgos de LA/FT y evaluar el impacto que puedan tener en cada una de las personas y entidades del sector y posiblemente en la economía nacional a gran escala, en caso de concurrir en delito.
Del mismo modo, la Resolución UIF N° 194 incorpora conceptos propios del enfoque basado en riesgo. Tal es el caso de la presentación del Informe Técnico de Autoevaluación de Riesgos, la declaración de tolerancia al Riesgo y la incorporación de la Revisión Externa Independiente de sus sistemas preventivos.
Por otro lado, añade la obligación de controlar en forma permanente el Registro Público de Personas y Entidades vinculadas a actos de Terrorismo y su Financiamiento (RePET), la realización de una debida diligencia continuada de los clientes y la obligación de verificar la identidad y antecedentes policiales y judiciales de los directores, gerentes, empleados y colaboradores propios y tercerizados.
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También prevé la obligación de efectuar Reportes Sistemáticos Anuales, además de los Reportes Sistemáticos Mensuales. Y agrega supuestos considerados de riesgo alto y señales de alertas orientativas que guían a los sujetos obligados para determinar cuándo corresponde efectuar un Reporte de Operación Sospechosa.
El proceso de modificación implicó la conformación de mesas de trabajo con actores del sector desarrolladas tanto en la sede nacional de la UIF, así como en las ciudades de Rosario y de Esquel. Además de realizarse encuentros junto a las cámaras representativas de la actividad, entre ellas la Asociación de Loterías, Casinos y Quinielas (ALEA) y la Cámara Argentina de Salas de Casinos, Bingo y Anexos, quienes, en función de su experiencia, realizaron aportes que fueron evaluados y contemplados para la formulación de esta norma.
La Resolución UIF N° 194/2023 comenzará a regir el 1° de diciembre de 2023, fecha en que la Resolución UIF N° 199/2011 quedará derogada.
Cabe recordar que el pasado sábado 1 de julio entraron en vigencia los nuevos umbrales a partir de los cuales los organismos reguladores de los juegos de azar, entre otros, están obligados a informar sobre operaciones ante la Unidad de Información Financiera (UIF).
Para la industria de los juegos de azar, al momento, el umbral estaba fijado en ARS$ 300.000 (USD 1.174). En tanto, a partir de julio, la cifra ascenderá a ARS$ 850.000 (USD 3.326), lo que se traduce en una suba del 183 por ciento. La actualización de este nuevo umbral fue oficializada mediante la publicación de la Resolución UIF N° 84/ 2023 en el Boletín Oficial, el pasado 17 de mayo.