Entra en vigor la ley que restringe la publicidad de apuestas en Rio Grande do Sul
La normativa establece nuevas restricciones para la publicidad de apuestas de cuota fija mientras continúa el debate sobre su constitucionalidad ante el Tribunal Supremo Federal.
Brasil.- La Ley Estatal N° 16.508 de Rio Grande do Sul entró en vigor este martes, 25 de agosto, después de completar el período de vacatio legis establecido en su texto. La normativa impone nuevas restricciones a la publicidad de plataformas de apuestas deportivas de cuota fija en el estado.
La entrada en vigor se produjo mientras permanece pendiente ante el Tribunal Supremo Federal (STF) una solicitud para suspender la ley. La Asociación Nacional de Juegos y Loterías (ANJL) presentó la ADI 7.971 en mayo, argumentando que la regulación de la publicidad de las apuestas corresponde a la Unión y ya está contemplada en la legislación federal.
Restricciones a la publicidad
La ley establece que las advertencias sobre los riesgos asociados con las apuestas deben ocupar al menos el 15 por ciento del área de cada anuncio. En las piezas audiovisuales y radiales, el mensaje de advertencia debe transmitirse con el mismo volumen y velocidad que el contenido principal e incluir referencias a los riesgos de adicción, pérdidas financieras y sobreendeudamiento, además de recordar que las apuestas están prohibidas para menores de 18 años.
La publicidad en televisión abierta, televisión de pago, radio, plataformas de streaming y servicios de video bajo demanda queda restringida a la franja comprendida entre las 21:00 y las 6:00. La norma también prohíbe anuncios que incluyan cuotas, bonificaciones o invitaciones a ganar durante transmisiones en directo.
Otro de los cambios afecta directamente al contenido de las campañas. La ley prohíbe el uso de mascotas, animaciones, personajes ficticios y sistemas de inteligencia artificial que puedan resultar atractivos para niños y adolescentes.
También se restringe la publicidad de apuestas en estadios, gimnasios y otros recintos deportivos y de espectáculos. Se contemplan excepciones para patrocinadores oficiales de eventos, titulares de derechos de denominación y patrocinadores oficiales de equipos.
Las nuevas reglas también alcanzan a los acuerdos de patrocinio. En las categorías profesionales, la presencia de las marcas de apuestas en uniformes y equipamiento queda limitada a una identificación de la empresa, sin mensajes que incentiven el juego. También se aplica a las categorías no profesionales, mientras que los atletas menores de 18 años no podrán estar vinculados a patrocinios de este tipo.
Los contratos de patrocinio oficial celebrados antes de la entrada en vigor de la ley quedan exceptuados de estas restricciones.
La disputa ante el STF
La ANJL sostiene que la norma estatal crea un régimen paralelo para operadores que cuentan con autorización federal. La entidad señala que la actividad ya está regulada por la Ley Federal N° 14.790/2023 y por la normativa de la Secretaría de Premios y Apuestas (SPA).
La Advocacia-Geral da União (AGU) se manifestó en junio a favor del argumento de inconstitucionalidad. El 17 de agosto, el procurador general de la República, Paulo Gonet Branco, también recomendó conceder una medida cautelar para suspender la ley.
La ministra Cármen Lúcia, relatora de la ADI 7.971, todavía no se pronunció sobre la solicitud de suspensión. Por ahora, la Ley N° 16.508 permanece vigente y sus disposiciones alcanzan a anunciantes, medios y plataformas que difundan publicidad de apuestas en Rio Grande do Sul.