La provincia de Chaco crea un registro para prevenir el sobreendeudamiento vinculado al juego problemático

La provincia de Chaco crea un registro para prevenir el sobreendeudamiento vinculado al juego problemático

La Cámara de Diputados provincial sancionó un régimen de protección patrimonial que incluye el juego problemático entre las situaciones que pueden limitar temporalmente el acceso al crédito. Bancos, fintechs y otras entidades deberán consultar un registro antes de otorgar préstamos.

Argentina.- La Cámara de Diputados de Chaco sancionó una ley que crea un Régimen de Protección de Solvencia y Prevención del Sobreendeudamiento por Consumos Problemáticos, una herramienta que busca proteger el patrimonio de personas que atraviesan distintas situaciones de consumo problemático, entre ellas el juego problemático.

El eje de la nueva normativa es la creación del Registro Provincial de Protección (RPP), que permitirá establecer restricciones temporales sobre determinados productos y operaciones financieras cuando exista riesgo de sobreendeudamiento. La iniciativa fue impulsada por los diputados Santiago Pérez Pons y Maida With.

La medida apunta principalmente al ámbito financiero y no establece nuevas restricciones sobre la actividad de juego en sí misma. Su objetivo es evitar que una persona que atraviesa una situación de vulnerabilidad económica pueda profundizar su endeudamiento mediante créditos, tarjetas u otros productos financieros.

Cómo funcionará el Registro Provincial de Protección

La inscripción en el RPP podrá realizarse de manera voluntaria, mediante una solicitud de la propia persona, bajo un mecanismo denominado “autoexclusión financiera”, o por vía judicial, a pedido del interesado, su cónyuge, conviviente o familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad.

Una vez incorporada al registro, la persona podrá quedar alcanzada por una restricción financiera plena o parcial. En el segundo caso, determinadas operaciones podrán realizarse con la validación de una persona de apoyo designada para acompañar la toma de decisiones.

El sistema será gratuito y tendrá carácter confidencial. En particular, las entidades que consulten el registro no conocerán el motivo por el cual una persona fue incorporada ni si la restricción está relacionada con juego problemático, consumo de sustancias, alcohol u otra situación. La respuesta se limitará a informar si existe o no una restricción financiera vigente.

La inscripción voluntaria tendrá una permanencia mínima de un año. Para solicitar posteriormente la exclusión, la persona deberá atravesar un proceso que incluye capacitaciones sobre los riesgos de levantar la protección y la presentación de una declaración jurada.

Bancos y fintechs deberán consultar el registro

Uno de los principales aspectos de la ley es que la consulta al RPP será obligatoria antes de otorgar determinados productos financieros.

La obligación alcanzará a bancos, entidades financieras, emisoras de tarjetas, proveedores de servicios de pago, fintechs, mutuales, casas de préstamo y empresas de crédito extrabancario que operen en la provincia.

La normativa también contempla expresamente a las empresas que utilizan sistemas de identificación biométrica o escaneo de DNI como mecanismo para otorgar créditos. En esos casos, el incumplimiento de la consulta no podrá justificarse alegando error o buena fe.

El Poder Ejecutivo deberá desarrollar una plataforma o API que permita realizar la consulta de manera automatizada y en tiempo real.

La ley establece un régimen de sanciones para las entidades que otorguen créditos incumpliendo las restricciones del registro. Entre las consecuencias previstas se encuentra la pérdida del derecho a cobrar intereses, comisiones, seguros y gastos administrativos, por lo que la entidad solo podrá recuperar el capital nominal otorgado. Además, podrán aplicarse multas de hasta diez veces el monto del crédito concedido en infracción. Los fondos recaudados tendrán como destino la red provincial de atención de consumos problemáticos. La normativa también contempla apercibimientos y sanciones para responsables de las entidades en casos de reincidencia, así como la posibilidad de publicar en el sitio oficial de la provincia los nombres de las entidades infractoras.

Otro punto de la normativa establece límites sobre la promoción de productos financieros. La ley prohíbe la publicidad de créditos y préstamos en las inmediaciones de casinos, salas de juego y centros de rehabilitación, además de contemplar determinados entornos digitales, aplicaciones y redes sociales cuando la autoridad de aplicación considere que pueden inducir al consumo problemático.

Esta disposición coloca el foco en las prácticas de comercialización de productos financieros alrededor de espacios vinculados al juego, en lugar de establecer una prohibición general sobre la publicidad de la actividad de juego.

Una medida que incluye al juego problemático dentro de un abordaje más amplio

Durante el tratamiento de la iniciativa, la diputada Katia Blanc destacó que la legislación provincial aborda el juego problemático junto con otras situaciones de consumo problemático y remarcó la necesidad de fortalecer los mecanismos estatales de prevención y control.

En ese sentido, el régimen no se limita a las personas afectadas por problemas relacionados con el juego: también contempla situaciones vinculadas con sustancias psicoactivas, alcoholismo y otras adicciones conductuales.

La iniciativa plantea así un abordaje centrado en la protección patrimonial y financiera, con el objetivo de evitar que una situación de consumo problemático derive en un ciclo de créditos y endeudamiento que pueda afectar también al grupo familiar.

La ley entrará en vigencia a los 90 días de su publicación en el Boletín Oficial, período durante el cual el Poder Ejecutivo deberá avanzar con su reglamentación y con la puesta en funcionamiento del Registro Provincial de Protección.

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