Nuevos avances en la reglamentación del juego online en Mendoza
Se aprobaron los pliegos y se autorizó la iniciación del proceso para el llamado a licitación del juego en línea en Mendoza.
Argentina.- La llegada del juego online a Mendoza está cada vez más cerca y la provincia amaneció con novedades acerca del proceso. Esta mañana se publicó en el Boletín Oficial la Resolución 567 del Instituto Provincial de Juegos y Casinos (IPJyC), a través de la cual se aprueban los pliegos y se autoriza iniciar el proceso para el llamado a licitación para las empresas que quieran operar bajo esa modalidad.
Pasaron dos años desde que la Cámara de Senadores de la provincia de Mendoza aprobó la ley que permite operar casinos online, sin embargo, la regulación estuvo en pausa hasta la semana pasada, cuando se publicó en el Boletín Oficial el decreto 1.842 del Ministerio de Hacienda, que aclara los términos de un artículo clave de la Ley 9.267, sancionada en octubre de 2020. La semana pasada también se conoció el reglamento confeccionado por el IPJyC mendocino.
Este jueves se hizo oficial la resolución que aprueba el Pliego de Bases y Condiciones Generales y las Condiciones Particulares y Técnicas, lo cual permitirá que el Departamento de Compras y Contrataciones de este instituto proceda mediante llamado a licitación pública.
El llamado deberá publicarse con una duración de 20 días corridos o 12 días hábiles en un diario de amplia circulación y por Sistema COMPR.AR, para «el otorgamiento de mínimo DOS (02) y hasta CINCO (05) licencias para la organización, desarrollo, explotación, captación de apuestas y comercialización de la actividad de juego en línea, en sus distintas modalidades, a través de medios electrónicos, informáticos, telemáticos o cualquier otro medio interactivo».
La vigencia de estas concesiones será de 10 años a partir de la firma del contrato respectivo.
En los considerandos de la resolución se indica que la Grilla de Evaluación, contemplada presenta seis criterios que son Proyecto Técnico Integral (32 puntos), Acreditación de ODS s/ Ley 9.193 (10 puntos), Preferencia Ley 9.267 (15 puntos), Antecedentes del proveedor (8 puntos), Capacidad Económica y Financiera (10 puntos), y Cotización de la Oferta (25 puntos).
El primer criterio evalúa el proyecto técnico integral en base a cuatro subcriterios: prestaciones del sistema técnico, proyecto de juego responsable, certificaciones otorgadas por laboratorios reconocidos y plazo de implementación. El segundo criterio evalúa la acreditación de ODS s/ Ley 9.193, de conformidad al puntaje que les asigne la Dirección General de Contrataciones Públicas.
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El tercer criterio refiere a la preferencia contemplada en el Art. 6 de la Ley Provincial, el cual expresa que: «Los pliegos licitatorios deberán contener una preferencia a las ofertas presentadas por aquellas personas humanas o jurídicas que al momento de la convocatoria de la licitación pública posean un permiso y/o concesión para la instalación y funcionamiento de salas de juegos de banca, realizadas en cualquier clase de aparatos, máquinas o útiles de azar en la Provincia de Mendoza. En consecuencia de dicha normativa, el pliego licitatorio prevé una calificación de 15 puntos a las personas mencionadas en el párrafo anterior.
El cuarto criterio se refiere a los antecedentes comerciales y contractuales del proveedor. El quinto criterio, a la capacidad económica y financiera, en razón de los ratios dispuestos en el Pliego de Bases y Condiciones Generales.
El sexto y último criterio es la cotización de la oferta, que se otorgará el máximo puntaje al oferente que presente el canon de mayor porcentaje como contraprestación para el Instituto de Juegos y Casinos.
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