Interponen demanda civil contra el Casino Dreams de Punta Arenas
La demanda presentada es por infringir la ley sobre protección de los derechos de los consumidores.
Chile.- Una demanda civil de indemnización de perjuicios por daño moral, se interpuso en contra del Casino Dreams de Punta Arenas. El medio local G5 Noticias informó que la demanda presentada es por infringir la Ley N.° 19.496 sobre Protección de los Derechos de los Consumidores.
El origen de la demanda se dio por hechos ocurridos en septiembre de 2024, cuando una persona y su hijo se encontraban en el establecimiento, y otra persona se acercó con insultos y amenazas. Según el medio, mientras el hijo utilizaba una máquina tragamonedas, se aproximó un adulto que evidenciaba encontrarse bajo los efectos del alcohol. La persona pretendía utilizar la misma máquina y, al advertir que estaba ocupada, insultó y amenazó al denunciante. El afectado avisó a un supervisor del casino.
Más tarde, la persona volvió a acercarse de manera intimidante, y la víctima lo apartó para alejarlo y evitar que concretara la agresión anunciada.
El medio local informó que tras los hechos, un guardia de seguridad del casino tomó a la víctima del brazo, se lo dobló hacia atrás y lo inmovilizó, mientras lo hacía salir del establecimiento. Durante dicha maniobra, el afectado pidió reiteradamente al guardia que lo soltara, explicando que le provocaba dolor. Como consecuencia, la víctima sufrió lesiones en su extremidad superior izquierda.
G5 Noticias transmitió que la Fiscalía calificó jurídicamente la conducta como constitutiva del delito consumado de lesiones menos graves, previsto en el artículo 399 del Código Penal, atribuyéndole participación en calidad de autor y solicitando inicialmente la pena de 540 días de presidio menor en su grado mínimo. La defensa se adhirió a la prueba de la Fiscalía y ofreció, además, siete videos de cámaras de seguridad del día de los hechos.
En la audiencia celebrada el 27 de febrero, el Juzgado de Garantía de Punta Arenas aprobó una suspensión condicional del procedimiento respecto del guardia, imponiéndole, entre otras condiciones, la prohibición de acercarse y comunicarse con la víctima.