España: se aprobó la propuesta para modificar la Ley del Juego en Navarra

En las próximas semanas el proyecto será elevado al Pleno para su debate y votación definitiva.
En las próximas semanas el proyecto será elevado al Pleno para su debate y votación definitiva.

La ley incluye una serie de cautelas en relación a diversos aspectos asociados al juego, como prevención, formación, publicidad, condiciones de los locales y distancias.

España.- Luego del estudio de las enmiendas presentadas los bloques de EH Bildu, Podemos-Ahal Dugu e Izquierda-Ezkerra, la Comisión de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior aprobó ayer el dictamen en relación con la proposición de modificación de la Ley Foral del Juego en Navarra.

El proyecto de ley impulsado por el Partido Socialista de Navarra (PSN) y Geroa Bai tiene como objetivo responder a la preocupación social y política derivada del crecimiento de las ludopatías asociadas al juego -en particular las apuestas deportivas-, por entender que se trata de un problema de salud pública que tiene a los jóvenes entre los principales damnificados.

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A tal fin, la propuesta incluye una serie de cautelas en relación con diversos aspectos asociados al juego –prevención, formación, publicidad, condiciones de los locales, distancias–, además de un emplazamiento al Gobierno de Navarra para que prohíba el consumo de bebidas alcohólicas de alta graduación en los locales de juego y elabore un estudio específico sobre fiscalidad en el plazo de ocho meses.

En el transcurso del debate efectuado en Comisión se debatieron y votaron 41 enmiendas, de las que se aprobaron 18 (cinco presentadas por EH Bildu, Podemos-Ahal Dugu e I-E; cuatro por Navarra Suma, PSN y Geroa Bai; tres por PSN y Geroa Bai; tres por Navarra Suma, y otras tres en diferentes combinaciones).

Tras su toma en consideración y una vez dictaminado, el proyecto de Ley del Juego será elevado al Pleno, previsiblemente el día 23 de junio, para su definitivo debate y votación.

Las principales medidas

Con respecto a los locales de juegos y apuestas, se resolvió que la distancia entre casas de juego y sitios de apuestas y los centros de educación, casas de la juventud, instalaciones de carácter sanitario, deportivo, cultural, recreativo, centros residenciales de personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental y lugares de rehabilitación de jugadores patológicos no debe ser inferior a 400 metros, “sin perjuicio de que cada municipio pueda ampliarla”.

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Esta previsión supone un aumento de 100 metros respecto al texto original.

Asimismo, los establecimientos hoteleros autorizados solo podrán instalar una máquina auxiliar de apuestas, además de otra terminal de juego con premio programado de tipo B. Estas son aquellas que, a cambio del precio de la partida, conceden al usuario un tiempo de uso o de juego y, eventualmente, un premio en metálico.

Las máquinas de apuestas, que cuando no estén siendo utilizadas permanecerán desactivadas, deberán contar con un sistema de activación-desactivación por control remoto, a fin de evitar su uso por parte de menores y personas no autorizadas para jugar. Se establecerá un plazo para que los establecimientos que no dispongan de ese dispositivo -u otros que permitan garantizar el control de acceso– puedan adquirirlo.

A su vez, queda prohibida la instalación de máquinas de apuestas en terrazas, vías públicas y en el exterior de los locales. También en el interior de estos cuando se trate de bares o cafeterías ubicados en centros docentes, sanitarios, sociales, juveniles y deportivos. La responsabilidad de hacer cumplir las normas recaerá en el personal encargado del local.

Por otra parte, los locales de apuestas y los salones de juego, a los que se exime de tener una superficie mínima de 50 metros cuadrados, deberán colocar (dentro y fuera) un rótulo o cártel con la indicación de su condición y otro haciendo constar la prohibición de participar a menores y personas inscritas y autoexcluidas en el Registro de inhabilitados –extensivo a los portales de juego–. A tal efecto, para impedir el acceso de las personas vetadas, unos y otros deberán disponer de un servicio de recepción o admisión informatizado. Asimismo, deberá explicarse en lugar visible que la práctica abusiva de los juegos de apuesta puede crear adicción.

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Las medidas de caución alcanzan al terreno de la formación, de manera que el Departamento de Educación deberá elaborar programas específicos de tipo preventivo y podrá suscribir convenios de colaboración con entidades y asociaciones cuyo fin sea evitar las patologías asociadas al juego.

La propuesta también se ocupa de la publicidad, el patrocinio y la promoción de las actividades de juego y apuestas, que entre otros requerirá autorización administrativa previa para asegurar el cumplimiento de la legalidad, y en lo referido a al fomento del juego moderado y no compulsivo.

No se permitirán comunicaciones comerciales que inciten a la práctica irreflexiva, adictiva o patológica, induzcan al error o presenten ofertas de préstamos o cualquier otra modalidad de crédito a los participantes en el juego.

Asimismo, se demanda prohibir a las empresas de apuestas el patrocinio de clubes deportivos y vetar la publicidad de apuestas en cualquier actividad deportiva que se desarrolle en Navarra con financiación pública total o parcial. Por lo tanto, aquellas actividades deportivas que estén patrocinadas en todo o en parte o tengan publicidad de empresas dedicadas al juego en cualquiera de sus modalidades no podrán obtener subvenciones públicas.

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