España: está abierta a información pública la reforma del Catálogo de Juegos de Azar en Cataluña
El Gobierno de Cataluña avanza en la reforma de la regulación de los juegos de azar.
España.- Este viernes 1° de julio vence el plazo de información pública al que fue sometido el proyecto de modificación de una tríada de decretos, vinculados a la regulación de los juegos de azar, por la Generalitat de Catalunya.
Se trata del Decreto 240/2004, de 30 de marzo, de aprobación del Catálogo de juegos y apuestas autorizados en Cataluña y de los criterios aplicables a su planificación; del Decreto 23/2005, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de máquinas recreativas y de azar; y del Decreto 37/2010, de 16 de marzo, de aprobación del Reglamento de salones de juego“.
El edicto, publicado el lunes 13 de este mes, indicó: “Este Proyecto de decreto se somete a información pública, durante el plazo de 15 días hábiles, a contar a partir del día siguiente de la publicación de este Edicto en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya“.
Ver también: Cae el número de salones de juegos de azar en Cataluña
Principales puntos de la reforma
- Bingos. Se limita a un máximo de 75 el número de autorizaciones de salas de bingo para todo el territorio de Cataluña.
- Casinos. Se limita a cuatro el número de casinos de juego autorizados en todo el territorio de Cataluña. Excepcionalmente, en el centro recreativo turístico de Vila-seca y Salou, se pueden autorizar hasta un máximo de seis casinos de juego más.
- Máquinas recreativas y de azar. Las empresas titulares de máquinas recreativas con premio de tipo B, destinadas a los establecimientos previstos en las letras d) y e) del apartado 1 del artículo 24 del Decreto 23/2005, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de máquinas recreativas y de azar, pueden solicitar la suspensión temporal del permiso de explotación. La suspensión debe ser, en todo caso, por semestres naturales. El número de permisos de explotación respecto de los que se puede conceder la suspensión para cada empresa titular de máquinas no puede ser superior al 10 por ciento del total de máquinas que tenga autorizadas. En el caso de empresas que dispongan de un número de permisos de explotación inferior a diez, se podrá autorizar la suspensión temporal de un permiso.
- Salones de juego. Se limita a 127 el número máximo de autorizaciones de salones de juego o tipo B para todo el territorio de Cataluña.
- Permiso de explotación de máquinas de tipo B y tipo C. Las empresas titulares de las máquinas pueden solicitar la suspensión temporal del permiso de explotación, siempre que dicho permiso esté vigente. El número de permisos de explotación respecto a los que se puede conceder la suspensión para cada empresa titular de máquinas no puede ser superior al 20 por ciento del total de máquinas que tenga autorizadas.