Endurecen las sanciones para las casas de juego de Murcia
El nuevo régimen será más estricto sobre los establecimientos, espectáculos y actividades que se realicen sin título habilitante o no respeten las normas.
España.- El Consejo de Gobierno de Murcia aprobó de manera urgente un decreto-ley que establece un nuevo régimen sancionador para establecimientos públicos, espectáculos y actividades recreativas que involucran al sector del juego.
La propuesta de la Consejería de Presidencia, Turismo, Cultura y Deportes del Gobierno de la Región de Murcia tiene como objetivo aumentar el control sobre los lugares y actividades que se realicen sin título habilitante o que sobrepasen los límites permitidos en sus respectivas licencias.
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A partir de ahora se computará como una infracción grave los establecimientos públicos dedicados al juego o casas de apuestas que no cumplan con los horarios establecidos, mientras que el mismo incumplimiento será considerado leve para otros recintos ajenos al juego.
También se considerarán infracciones muy graves, entre otras, la realización de espectáculos públicos sin título habilitante, incumpliendo sus términos, excediendo los límites de los mismos o quebrantando la prohibición o suspensión ordenada por la autoridad correspondiente, cuando se haya producido un daño o deterioro grave para el medio ambiente o se haya puesto en peligro grave la seguridad o salud de las personas.
En este mismo grupo se encontrarán los establecimientos o recintos que cumplan actividades distintas a las que están destinados, como así también quienes lleven a cabo un espectáculo o actividad recreativa distinta de la habilitada e incurran en inexactitud, falsedad u omisión de carácter esencial de los datos o documentos que deben acompañar a la correspondiente declaración responsable o solicitud de autorización administrativa previa.
El texto legal que entrará en vigor próximamente y está compuesto por 16 artículos divididos en cinco títulos, también considerará faltas muy graves a la carencia o falta de vigencia del contrato de seguro de responsabilidad civil y los comportamientos que puedan producir alteraciones del orden o crear situaciones de peligro para el público asistente, participantes, personas organizadoras y trabajadoras, artistas, terceros afectados y bienes, así como su permisividad, sin perjuicio de su responsabilidad penal.
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Asimismo se considera infracción muy grave cuando el infractor hubiere sido sancionado por resolución firme en vía administrativa, en el plazo de un año, por dos o más infracciones graves de la misma naturaleza.
Por su parte, las multas económicas que acarrearán estas infracciones estarán divididas en tres categorías. La falta leve conllevará una sanción de 300 a 1.500 euros, la grave, de 1.501 hasta 30.000 euros y por último, la muy grave, dispondrá penas de 30.001 hasta 300.000 euros.
Además, si los establecimientos incurren en repetidas ocasiones en estas infracciones, podrían incluso perder temporalmente las licencias o autorizaciones por un plazo que dependerá de la naturaleza de la falta.